REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DEL MUNICIPIO SOSA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
CIUDAD DE NUTRIAS,
Ciudad de Nutrias, 20 de Octubre 2.004.-
194º- y 145º-
Exp. Nro.190/2.004.
H O M O L O G A C I O N


Visto el CONVENIMIENTO mutuo DE OBLIGACION ALIMENTARIA, suscrito en fecha, Cuatro de Octubre del dos mil cuatro, por los padres del niño, Reinaldo Alexander Briceño Pérez, ciudadano: Antonio de los Santos Briceño, venezolano, soltero, mayor de edad, residenciado en Punta de Mata de esta jurisdicción del Municipio Sosa, Estado Barinas, titular de la cédula Nro. V-15.072.929. y Carmen Josefa Pérez Padilla, venezolana, soltera, mayor de edad, con domicilio en esta población de Ciudad de Nutrias, Municipio Sosa, Estado Barinas, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.041.699. EL TRIBUNAL Observa: PRIMERO: Fue consignada por los padres del niño Reinaldo Alexander Briceño Pérez, copia de la respectiva Acta de Nacimiento del mismo, donde se evidencia que es hijo de los ciudadanos: Antonio de los Santos Briceño y Carmen Josefa Pérez Padilla, nacido en fecha: 04 de Febrero del año 2.003; respectivamente. SEGUNDO: El mencionado padre ya identificado, convino por ante este Juzgado en que cancelará por concepto de OBLIGACION ALIMENTARIA en beneficio de su hijo, MENSUALMENTE, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES ( BS 50.000, oo), los cuales comenzará a cancelar a partir del PRESENTE mes de Octubre de 2.004, y sucesivamente todos los últimos de cada mes. De igual manera, los gastos de vestuario y calzado serán compartidos, así como también los gastos de medicina y gastos médicos en caso de enfermedad, serán subsanados en partes iguales. Este Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente CONVENIMIENTO de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y ordena el cese del presente Procedimiento. Publíquese y Regístrese en los Libros Respectivos.

Dada, Firmada y Sellada en el Despacho del Juzgado del Municipio Sosa.Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Ciudad de Nutrias, a los Veinte días del mes de Octubre de 2.004.-


La Juez Temporal,

Abg. Yriana Díaz Peña

La Secretaria,

Leticia A. Monagas



Expediente Nro. 190/2.004.-