REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 14 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2003-004636
ASUNTO : EP01-R-2004-000088


PONENCIA DE LA DRA. MARIA VIOLETA TORO


Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Luis Rodolfo Campos, Defensor Privado del acusado Edgar Linar Vivas Vivas, contra la sentencia dictada en fecha 30.08.04, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al referido acusado, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple y Porte Ilícito de Arma Blanca. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre la Admisibilidad o no del recurso; observa:

Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto, por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo el Defensor Privado. Segundo: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. Tercero: Que la decisión que se apela es recurrible, según lo dispuesto en los ordinales 2° y 4° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 455 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Privado, debe ser declarado admisible. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado Luis Rodolfo Campos, Defensor Privado del acusado Edgar Linar Vivas Vivas, contra la sentencia dictada en fecha 30.08.04, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, y de conformidad con el primer aparte del artículo 455 procesal, se fija la décima audiencia siguiente a las 10:00 a.m., para que tenga lugar el acto de la Audiencia Oral y Pública, en una de las Salas de Audiencias de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes.

El Juez Presidente,

Dr. Trino R. Mendoza I.

La Juez Vicepresidente, La Juez Suplente,

Dra. Yris Peña de Andueza Dra. María Violeta Toro
Ponente
La Secretaria,

Dra. Carolina Paredes

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos. Conste.

La Sctria.





TRMI/YPdeA /MVT/CP/jbr.-
Asunto: EP01-R-2004-000088