La presente causa se inició en fecha 23 de Julio del año 2004, al recibir este Tribunal, oficio N° 06F80773-04, suscrito por el (la) Abog. Carmen María León de Rodríguez, Fiscal Octavo (a) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, mediante el cual remitió anexo, actas procesales relacionadas con el (la) (los) adolescente (s) JHONATHAN JUAN PÉREZ GONZÁLEZ, de 16 años de edad (época del hecho), natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 17/06/1986, residenciado (a) en el Barrio “Primero de Diciembre”, Segunda Etapa, Calle 03, Casa N° 314, de esta ciudad de Barinas, en virtud de la denuncia interpuesta por el (la) ciudadano (a) EYRA RAMONA ALVAREZ, ante EL Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Barinas, la cual cursa al folio dos (02) y Vto., de la presente causa y que destaca lo siguiente:

“...Resulta que yo tengo una hija de 14 años de edad, en el día de ayer como a las 07:00 horas de la noche, me tocó llevarle agua y cena a mi esposo… realizando esta diligencia llegó a mi casa un muchacho de nombre JHONANTAN PÉREZ, quien es conocido de la casa desde hace tiempo… consigo a mi otra hija de nombre NOHELIA, llorando y le pregunto que es lo que ocurre… ella me dice que JHONANTAN, había salido para la bodega desde temprano con mi hija de nombre NORELIS y no habían llegado… hablado con la mamá de él y… había dicho de que JHONANTAN, estaba para una fiesta, yo me quedé tranquila… en toda la noche no llegó… a las 09:900 horas de la noche de hoy, me llegó a la casa un taxi, con unos morados en el cuello, yo le pregunté y ella me dijo… él la había llevado a una casa… dentro de la misma trató de abusar sexualmente de ella...”

Así mismo, el referido oficio, suscrito por la Fiscal Octava Especializada, Abog. Carmen María León de Rodríguez, y que cursa al folio uno (01), de la presente causa, destaca lo siguiente:
“...Observa este Representación Fiscal, que las investigaciones realizadas, resultan insuficientes y no existe la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción penal… Por todo lo anteriormente expuesto, solicito Ciudadano Juez se DECRETE EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa, seguida al adolescente PÉREZ GONZÁLEZ JHONATHAN JUAN… de conformidad con lo establecido en el Artículo 561 Literal “e” de la Ley Orgánica… Por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS...”

En consideración a lo antes expuesto, este Tribunal de Control 02, en fecha 26 de Julio de 2004, decretó el Sobreseimiento Provisional, conforme a lo establecido en el artículo 561 literal “e” de la ley especial que rige la materia. Así mismo, conforme a que desde esa fecha, no han surgido nuevos elementos ni se ha reaperturado el procedimiento, aunado a que, desde la fecha en que ocurrieron los hechos (26/01/2003), hasta el día de hoy, ha transcurrido un lapso de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y VEINTISÉIS (26) DÍAS; en consecuencia atendiendo las facultades conferidas por lo establecido en el artículo 562 se acuerda decretar Sobreseimiento Definitivo