REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 8 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000475
ASUNTO : EP01-P-2004-000475


Visto el escrito presentado por el Abogado José Francisco Torres Quintero como representante de la ciudadana Lisbeth Coromoto Garcia Monsalve en su condición de víctima en la presente causa, solictando a éste Tribunal de Control No 03 que inste a la Fiscalía Superior del Ministerio Público a los fines de que se pronuncie sobre la investigación asignada con el N° 06-F6-0202-03, para decidir observa:
Primero: En relación al oficio N° 78123 enviado por éste Tribunal de Control No 03 en fecha 06 de Agosto del presente año, se hace la acotación que la misma fue dirigida a dicho despacho fiscal a los fines de dejar sin efecto la solicitud de designación de un Fiscal del Proceso por la querella interpuesta, en virtud de que ya cursaba investigación ante la Fiscalía Sexta del Ministerio Público.
Segundo: En relación a lo solicitado de que se inste al Fiscal Superior del Ministerio Público para que se pronuncie sobre la investigación asignada bajo el N° 06-F6-0202-03, hace la acotación que de conformidad con lo establecido en los artículos 11, 24, 280 y 283 del Código Orgánico Procesal Penal, el Fiscal del Ministerio Público en nombre del Estado es quien ejercerá la acción penal de oficio, y en el presente caso en virtud de encontrarse la misma en la fase de investigación o preparatoria, es a quien le corresponde hacer todas las investigaciones tendientes a la búsqueda de la verdad y a la recolección de todos los elementos de convicción que permitan fundar mas adelante una acusación, si fuera el caso, practicando todas las diligencias a los fines de establecer su comisión, con las circunstancias que puedan influir en su calificación y la responsabilidad de los autores y demás partícipes con el aseguramiento de los objetos pasivos y activos relacionados con la perpetración, no pudiendo éste Tribunal de Control instar al Fiscal Superior del Ministerio Público, por cuanto no le dable dicha atribución.
Por las razones anteriormente señaladas éste Tribunal de Control No 03 declara improcedente lo solicitado por el Abogado José Francisco Torres en representación de la víctima Lisbeth Coromoto García Monsalve. Así se decide. Líbrese boleta de notificación.


JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No 03
ABG. JOSEFINA LOBOSCO RONDON

EL SECRETARIO
ABG. JUAN CARLOS TORREALBA.