REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 12 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000662
ASUNTO : EP01-P-2004-000662


ACTA AUDIENCIA DE FLAGRANCIA


JUEZ: Abog. Aldo González
FISCAL : Abg. Belkis Agrizones
SECRETARIA:Abg. Yusbey Guerrero
IMPUTADOS: WILLMAN FELIPE PALENCIA QUIÑONES, ORLANDO RAMON BENCOMO Y ALEXIS RAMON AVILA
DEFENSORA: Abg. Betulia Rivero
VICTIMA: YOVANNY ANTONIO MOLINA

En el día de hoy doce de septiembre de dos mil cuatro, siendo las 1:20pm, fecha fijada para dar inicio a la Audiencia Oral de Calificación de Flagrancia solicitada por la ciudadana fiscal primera del Ministerio Público Abg. Belkis Agrizones, contra los ciudadanos WILLMAN FELIPE PALENCIA QUIÑONES, ORLANDO RAMON BENCOMO Y ALEXIS RAMON AVILA, por la presunta comisión de los delitos de hurto calificado y Agavillamiento, previstos y sancionados en los Artículos 455 ordinales 3° y 5° y 287 del Código Penal; Se constituyó el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 5 en la sala de Audiencia N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a cargo del Juez Abg. Aldo González y la Secretaria Abg. Yusbey Sabina Guerrero, el alguacil Victor Rivas. El Juez ordenó verificar la presencia de las partes y se constató a la Fiscal del Ministerio Público Abg. Belkis Agrizones, a los imputados Willman Palencia, Orlando Bencomo y Alexis Avila, la defensa Abg. Betulia Rivero. El Juez apertura el acto y le concede el derecho de palabra a la fiscal del Ministerio Público quien narró las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ratificó la solicitud de calificación de flagrancia, medida privativa preventiva de libertad y aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los Artículos. 248, 250 y 373, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los imputados WILLMAN FELIPE PALENCIA QUIÑONES, ORLANDO RAMON BENCOMO Y ALEXIS RAMON AVILA, por la presunta comisión de los delitos de Hurto Calificado y Agavillamiento, previstos y sancionados en los Artículos 455 ordinales 3° y 5° y 287 del Código Penal. Se traslada a los imputados al estrado a quienes el Juez impone del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinales 1° y 5° de la Constitución Nacional. También se les impusieron los derechos que les confiere los artículos 125, 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, en este estado se llama al estrado al imputado WILLMAN FELIPE PALENCIA QUIÑONES, venezolano, portador del número de cédula de identidad V-18.486.525, mayor de edad (18 años de edad), nacido el 20/11/85, soltero, estudiante recien graduado de bachiller, grado de instrucción: bachiller, natural del Estado Barinas, hijo de Nemesio Palencia (V) y de Adriana Quiñones (V), residenciado en el sector El Turaguo, cerca de la Urb. José Gregorio Hernández, no sabe mas datos, donde vive su papá, dice que vive en Caracas, en Propatria, casalta 2, barrio el Nazareno y expuso: "Yo soy inocente no se nada de eso, yo venía de la casa de mi novia con Orlando, venían unos tipos caminando, la policia venía atras, los tipos como vieron que venían la policia y entraron corriendo para una parcela, como nosotros no le debemos al gobierno seguimos caminando, la policia nos dijo pegasen para la patrulla y nos pidieron la cedula, era una patrulla grande y otra, eran dos, ells se les pegaron a los tipos que se habían metido para la parcela a buscarlos, comanzaron a lanzar tiros los pólicias y a nosotros nos metieron a la patrulla, nos tuvieron como una hora mientras buscaban a los tipos, ahí queda comoo un caño que caen las cloacas yo ví que sacaron un equipo, no vi el quipo sino las cornetas y ahí nos llevaron presos " es todo. Acto seguido pregunta la fiscalía¿ quien lo detuvo y donde? R: los policias, cerca de la casa mía, ahí en el turaguo. ¿con quien andaba ? con el señor orlando. ¿como se llama su novia y donde vive? R: como dos cuadras de donde nos agarraron, de la casa mía, vivo en una casa de color azul y mi novia se llama celkina MOreno. ¿diga las caracteristicas de su novia? gordita, de pelo corto, muchacha joven, es mayor que yo. ¿como andaba vestida su novia? con un pantalon licra a media pierna, azul y una camisa verde. ¿hora que llegan donde su novia? como a las 8 de la noche. ¿que hicieron ahí?. hablando con mi cuñlado y tomando cerveza con el muchacho. ¿cuantas personas estaban ahí tomando cerveza? R: mi novia, mi cuñado José Moreno,Orlando y yo. ¿las personas que estaba persiguiendo la policia estan ahí con usted? no. La defensa pregunta: ¿estudias en Caracas? tengo tres años en caracas,estudie allá. ¿tienes contancia de estudio, para que lo muestre al tribunal? si. Se deja constancia que muestra al tribunal siete recaudos en siete folios, un carnet estudiantil del 7-2-03, otro carnet estudiantil donde esta identificado que es el representante y él alega que es su hermano, una factura de pago del paquete de graduación del 7-5-04, pestaña del CNU de la preselección de carrera, un boletin de calificaciones del año escolar 2002-2003, resultados de la prueba del CNU, los cuales le pertenecen. pregunta nuevamente la defensa: ¿qué tiempo tienes aquí? ocho días, llegué el viernes hizo ocho días, llegué con mi hermano Samuel.¿ desde cuando conoce a Orlando Bencomo? desde pequeño. ¿diga si conoce a Alexis Avila, que tiempó? no lo conozco. ¿en que circunstancias ve usted al señor Avila? cuando nos agarraron preso, el venía y los policias lo llama y lo pegan con la patrulla. ¿ha tenido problema con la justicia anteriormente? nunca primera vez en mi vida. es todo. En este estado se llama al estrado al imputado ORLANDO RAMON BENCOMO, venezolano, portador del número de cédula de identidad V-12.554.670, mayor de edad (29 años de edad), nacido el 20/04/75, obrero, Grado de Instrucción: sexto grado de primaria, natural del Estado Barinas, hijo de Isabel Bencomo(V) residenciado en el sector El Turaguo, frente al poste 10, carrera 7, casa S/N, color verde, Barinitas, Estado Barinas y expuso: "Yo venía con el moreno, estabanmos visitando la novia de él, ya veniamos para la casa, me faltaba cuatro casa para llegar a mi casa, cuando veníuan unos sujetos mas o menos a una distancia de 100 mts ellos venían subiensdo en ese momento venía la policia, las personas que venían salieron corriendo para los lados, como yo no le debo nada a la policia, no es necesario salir corriendo, los policias al ver a los sujetos correr, nos dieron la voz de quieto y que nos pegaran a la patrulla, venían dos patrullas, una de los policias nos revisó, nos pidió cediulas y los otros se le pegaron a los que salieron corriendo, echandole tiros, uno de los ppolicias nos iba a dejar en libertad, una policia y en ese momento uno dijo que no que nos montara en la patrulla, los policias se metieron para allá y nos tuvieron un buen rato ahí metido y cuand oestabamn trastiado en el monte, en una quebrada donde cae las cloacas de Barinitas, venían los policias diciendo que habían encontrados unos artefaxctos ecletrodomesticos, empezaron a radiar que habían agarrado una banda con unos artefactos, nos llevaron para el calabozo, alá nos implicaron que nosotros nos habiamos robados esos artefactos " es todo. la fiscalía pregunta ¿a cuantas personas detuvieron en ese momento? a tres personas. ¿esos artefactos los trasladaron en la patrulla con ustedes? en la patrulla donde nosotros ibamos no, nos llevaron, nosotros no vimos porque la patrulla es encerrada. ¿a qué hora se había reunido con la persona Morena, como se llama y de donde venian? el se llama Willia Palencia, veniamos a eso como a las once a doce de la noche, de la casa de la novia de él, nos reunimos como a la 7 de la noche aproximadamente. ¿qué tiempo permanecieron en esa casa? como cinco horas no paso de las doce de la noche. ¿qué hicieron en esa casa de la novia de William y cuantas personas habían ahí? eso era una reunión que había allí la novia lo invito a él, bailamos una vez, conversamos enrtre familia, no se bebio licor ninguno de nosotros. ¿cuantas personas habían ahí? no se porque no las conte, mas o menos como diez personas habían allí pero yo no las conté. ¿ comó se llama la novia de su amigo, como andaba vestida y cuales son sus caracteristicas fisicas? se llama Celina Moreno, ella cargaba pantalon y franela, no recuerdo los colores y es pelo liso no tan largo, joven, como 22 años, bajita, cuerpo normal, ni tan gorda ni tan flaca. ¿ a qué distancia vive ella del lugar donde ustedes fueron detenidos y a qué hora lo detuvieron? la distancia no se como un kilometros no se diferenciar las distancias como un kilometro o dos kilometros, y nos detiene como a eso de las once a once y media no era mas de las doce. ¿ustedes fueron detenidos cerca de la casa de la novia de Willan? a cuatro casas de mi casa fuimos detenos. ¿En qué se trasladaron ustedes de la casa de la novia de Willian hasta su casa? nosotros veniamos a pie por la acera. ¿esa otra persona que está detennida usted la había visto con anterioridad? no. En este estado el imputado quiere agregar que "yo no soy ningún malandro ni ningun pandillero, yo en mi casa hago bloque por encargo, trabajo la albañileria, tengo mis manos llenas de cayos de trabajar, le estoy arreglando la casa de mi mamá, y si dios quiere voy a empezar a trabajar a partir de este lunes en ocho, en una escuela que están arreglando cerca de mi casa, de obrero, es todo". En este estado pregunta al juez: ¿a tí te dicen Guayaraco? no. ¿a Willian o Alexis le dicen guayaraco? no se. En este estado pregunta la defensa:¿ ha estado detenido en otras oportunidades? no primera vez en mi vida. ¿cuándo es la primera vez que usted ve a Alexs Alvares? si lo le visto no me acuerdo. ¿ en que momento usted se da cuanta que detienen otra persona? Alexis venía bajando y los policias lo ven y lo llaman, la policia piensa que nosotros andabamos con los que salieron corriendo, nosotros dos andamos solos, sin compañia de nadie. En este estado se llama al estrado al imputado ALEXIS RAMON AVILA, no porta identificación, manifiesta ser venezolano, mayor de edad (21 años de edad), titular del número de cédula de identidad V-18.560.216, ayudante de albañileria, Grado de Instrucción: cuarto grado de primaria, nacido el 23/9/83, natural del Estado Barinas, hijo de Alfredo Rangel (V) y de Carmen Teresa Avila (V), residenciado en el Sector Bucaral, detras del dispensario, casa rural color blanco, Barinitas, Estado Barinas y expuso: "YO venía de un juego de bolas entoncés me vine como a las once once y media o doce, cuando venía por la vía, los dos chamos esos venían más adelante, cuando venían dos patrullas hacua el frente de nostros que venian unos muchachos y se pararon las dos patrullas, detuvieron los dos chamos que venían delante mio, yo trate de abrirme, cuando me llamaron ,ven acá tu, me paré me detuvieron, me pidieron documentos y esas cosas, yo se los dí me vieron la cedula, despúes me agarraron la plata del trabajo del sueldo mio, se la colocaron en el bolsillo agarraron la cartera y la lanzaron para un patio, me colocaron dentro de la patrulla y escuché unos disparos atras, en un patio por allá por la canal por donde está el agua sicia, al rato como a la media hora o una hora sacaron un equipo y un televisor, llegaron y nos trasladaron para el comando, el denunciante llegó el sabado en la mañana que eramos nosotros, y nos trasladaron para acá para Barinas" es todo. Acto seguido pregunta la fiscal: ¿en qué sector fueron aprehendidos tanto usted como los demás? sector el turaguo por la carrera 8, llegando como a dos cuadras para llegar a la casa. ¿digamé si el sector el turaguo queda cerca del sector bucaral? si. ¿Tu vives en el bucaral o en el turaguo? en el bucaral. ¿a qué distancia queda su residencia del sector donde fue detenido? como a dos cuadras. ¿conocía a las otras personmas que fueron detenidos con usted? no los habíavisto nunca hasta ahorita. ¿como se explica qué manifestó no haberlos vistos antes ni conocido nunca, si todos estan residenciados en el mismo sector? porque ellos me dijeron que viven de la redoma para arriba y yo vivo a mano derecha de la redoma. ¿si en el lugar donde fueron detenidos pudieron ver los artefactos objeto de la nvestigación? más arriba por donde salieron los muchachos corriendo. ¿qué artefactos vió? ví que montaron en la patrulla un televisor y el quipo. ¿en qué patrulla montaron esos objetos? donde nosotros ibamos no la montaron, la montaron en la otra patrulla. ¿ diga el nombre del patio de bolas criollas de donde usted salió y donde se encuentra? se llama mata de rosas y está en el barrio limoncito y salí como a las once y media o doce de la noche, allí jugué caida con ¿con quién? con un amigo que se llama José Luis, que es moreno, flaco, joven. ¿en qué se traslado desde ese lugar hasta su casa? a pie. ¿ a qué hora fue detenido? a esa hora como a las once o doce, no es lejos del patio de bolas a donde fui detenido. ¿diga si aesa misma hora fueron detenidos las otras personas que se encuentra detenidos? como a esa misma hora. La defensa: ¿diga si ha estado detenido anteriormente? si. ¿porqué? por enredada. ¿diga si cuando usted venía caminando observa a las dos personas que están detenidas con usted y si les vé que cargan algunos objetos con ellos? si los observo y no les vi que cargaban ningun objeto. ¿diga de donde venia cuando llega al patio de bolas? del trabajo. ¿dondé trabajas? en una casa particular de dos plantas, por el lado de la moromoy. ¿qué ropa vestia para ese momento en que fue aprehendido? la misma que cargo. ¿qué le manifiesta la policia al momento de la detención? me dice pr favor peguese para allá que esto es una enredada, me doblaron el brazo para atras, me dieron unos coscorrones, me votaron la cartera, me quitaron el sueldo. Acto seguido la defensa expuso: "Solicito a favor de mis defendidos una medida menos gravosa como es una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida en el Art. 256 del COPP, solicito igualmente se desestime la calificación de flangrancia por cuanto se evidencia que no están dados los supuestos del art. 248 del COPP" es todo. Oída la exposición de las partes, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 5, administrando justicia por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Califica la aprehensión de los imputados como flagrante de conformidad con lo establecido en el Art. 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad, conforme a lo establecido en el Art. 256, ordinal 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal a favor de los imputados suficientemente identificado antes, por la presunta comisión de los delitos de Hurto Calificado y Agavillamiento, previstos y sancionados en los Artículos 455 ordinales 3° y 5° y 287 del Código Penal, imponiendo presentaciones cada ocho (8) días ante la Comandancia de la Policia de Barinitas y la prohibición de salir del estado Barinas sin autorización del tribunal. TERCERO: Se ordena la prosecución del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el Art. 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por haberlo así solicitado el Ministerio Público y considerarse procedente. Es todo, se libra boleta de Libertad, ofíciese lo conducente. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 3:20pm.

EL JUEZ DE CONTROL N° 5

ABG. ALDO GONZALEZ LA FISCAL

ABG. BELKIS AGRIZONES

LOS IMPUTADOS

WILMAN FELIPE PALENCIA QUIÑONES ORLANDO RAMON BENCOMO

ALEXIS RAMON AVILA

LA DEFENSA

ABG. BETULIA RIVERO
LA SECRETARIA

ABG. YUSBEY GUERRERO EL ALGUACIL

VICTOR RIVAS