REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 9 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2004-003720
ORDEN DE APREHENSION
El Juez de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, expide en la presente causa una ORDEN DE APREHENSION al ciudadano ISMAEL PRADA MENDEZ, soletro, obrero, de 39 años, titular de la Cédula de Identidad N° 81.145.351, residenciado en el Sector El Remolino, Parcela Reserva de Bum-Bum, Estado Barinas, a quien se le presume participación en la investigación llevada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 408 Ord. 1ero del Codigo Penal Venezolano, en concordancia con lo establecido en el artículo 80 ejusdem, cometido en perjuicio de ALBERTO VILLAMIZAR. Una vez lograda la Aprehensión, deberá ser conducido dentro de las Cuarenta y ocho (48) horas siguientes, a este Tribunal ó al que se encuentre de Guardia, a los fines de imponerlo de los hechos que se investigan en su contra sin menoscabo del derecho a la Defensa, a los fines de resolver si se le mantiene la Medida de Aprehensión ó imponerle una menos gravosa. Los funcionarios encargados de la ejecución de la presente orden; deberán acatar los derechos inherentes a toda persona humana conferidos por las Leyes .Orden ésta que se expide, con fundamento legal en el art. 49 ord. 1°, 44 ord. 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y arts.1°,12, 250 del COPP.

El Juez de Control N° 5

Abog. Aldo González