REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 30 de Septiembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000281
ASUNTO : EP01-P-2004-000281
ACTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Nueva Oportunidad.-
JUEZ: Abg. Fanisabel González Maldonado
FISCAL: Abg. Maria Carolina Merchan
IMPUTADO (S): RUBEN DARIO (HIJO) SUAREZ GALVAN, RUBEN DARIO (PADRE) SUAREZ PAVA, FERNANDO GOMEZ JAIMES, LORENA YAMILET SUAREZ GALVAN
SECRETARIO: Abg. Deicy Cáceres Navas
En el día de hoy, Jueves 30 de septiembre de 2.004; siendo las 4:00 PM, oportunidad fijada para que se lleve a cabo a la Audiencia de Juicio Oral y Público seguida en contra de los ciudadanos RUBEN DARIO (HIJO) SUAREZ GALVAN, RUBEN DARIO (PADRE) SUAREZ PAVA, FERNANDO GOMEZ JAIMES, JORGE ELIECER GOMEZ JAIMES, LORENA YAMILET SUAREZ GALVAN, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado, previsto y sancionado en el Art. 408 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana, SULEIDI CAROLINA MARTINEZ ALVIARES (OCCISA); Resistencia a la Autoridad, pervisto en el artículo 219 del Código Penal, Se constituyó el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio, representado por la Juez, Abg. Fanisabel González, la Secretaria, Abg. Deicy Cáceres Navas y el Alguacil Jesús Vasquez. Seguidamente la secretaria verifica la presencia de las partes necesarias, constatándose que comparecieron, la defensa privada Abg. Dorange Mujica, la representante Fiscal Abg. María Carolina Merchan; los imputados Ruben Darío Suarez Pava; y Ruben Darío Suarez Galván quienes fueron debidamente trasladados, no comparecieron los acusados Fernando Gómez Jaimes y Lorena Yamilet Suarez Galvan, se constata que no comparecieron las víctimas, tampoco se hace presente el coodefensor Abg. marco Aurelio Gómez; En consecuencia por no encontrarse todas las partes necesarias para iniciar el presente acto, Se Acuerda Fijar nueva oportunidad para el día MIERCOLES 20 DE OCTUBRE DE 2.004 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Quedan notificadas todas las partes presentes; Se acuerda librar las notificaciones, citaciones y oficios correspondientes a los fines de la comparecencia de todas las partes necesarias. Se deja constancai que la defensa privada Abg. Dorange Mujica ratifica el escrito de solicitud de traslado de su defendido el ciudadano Ruben Daría Suarez Pava, para el Hospital Luis Razetti del estado Barinas, a los fines de que reciba atención médica, en consecuencia pide se oficie al INJUBA para que sea debidamnente trasladado dicho ciudadano. El Tribunal Acuerda el traslado del ciudadano Ruben Darío Suarez Pava, hasta el hospital Luis Razetti de Barinas según lo solicitado, para el día LUNES 04 DE OCTUBRE DE 2.004 A LAS 8:30 DE LA MAÑANA, haciéndole saber al Director del INJUBA que el traslado ha sido ordenado en reiteradas oportunidades sin que se haya hecho efectivo hasta la presente fecha, razón por la cual deberá remitir a éste Tribunal acuse de recibo informando sobre la practica efectiva del traslado acordado en éste acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:15 del mediodía.--------------
La Juez de Juicio N° 03
Abg. Fanisabel González Maldonado
Ministerio Público:
Abg. María Carolina Merchan
LOS IMPUTADOS:
RUBEN DARIO SUAREZ GALVAN RUBEN DARIO SUAREZ PAVA,
Defensa Privada:
Abg. Dorange Mujica
La secretaria de Sala:
Abg. Deicy Cáceres Navas