REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 1 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO: EL01-P-1988-000001.

Visto el Oficio de fecha 12-06-2000 procedente de la Prefectura de la Parroquia Rómulo Betancourt del Estado Barinas; junto con el cual remiten a este Tribunal COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN, de la Ciudadana quien en vida respondiera al nombre de: PETRA DEL CARMEN JIMÉNEZ SEGOVIA, titular de la Cédula de Identidad N° 8.050.222; quien disfrutaba del Beneficio de Libertad Bajo Fianza desde el 20-10-1989, falleció el día 07 de Noviembre del año Mil Novecientos Noventa, en el Barrio Santo Domingo, Calle Principal, Poste 22, casa de habitación, de esta ciudad, la causa de la muerte según certificado médico expedido por el Dr. Angel Piña Navarro; fue C.A. de Cuello Uterino, Caquexia paro cardio respiratorio. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, de conformidad con el Artículo 48 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal que establece como causa de Extinción de la Acción Penal la muerte del Imputado, DECLARA CERRADO EL PROCESO, en relación a la Ciudadana quien en vida respondiera al nombre de PETRA DEL CARMEN JIMÉNEZ SEGOVIA. Notifíquese a las partes. Líbrense los oficios correspondientes. Con oficio enviar el presente Asunto al Archivo Sede de este Circuito Judicial Penal.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,

ABG. MARICELLY ROJAS ALVARAY.

LA SECRETARIA,

ABG. CARLA ARAQUE.