REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Barinas, 06 de Septiembre de 2004.-
194º y 145º
Vista la solicitud presentada en fecha 30-08-2004, por la ciudadana BERTHA DEL CARMEN ALBORNOZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.132.503, asistida por la abogado en ejercicio Lennin del Carmen Camacho Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.307, por medio de la cual solicita se oficie al Consejo Nacional Electoral, ubicado en el Edificio José Vargas (CTV), Urbanización los Caobos, Sector Quebrada Honda, Av. Este 2, Piso 2, Asesoría Legal en la ciudad de Caracas, a los fines de que sea enviado en cheque de gerencia no endosable a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, todo lo relacionado con la cuota parte que le corresponde a la niña GENESIS ALESKA CAMACHO ALBORNOZ, por concepto del pago de los beneficios que percibía su padre, ciudadano ALEXIS CAMACHO BRICEÑO, C.I: V-4.928.715. SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO.
EL TRIBUNAL OBSERVA
A) Copia Simple del Acta de Defunción del ciudadano ALEXIS CAMACHO BRICEÑO, expedida por el Prefecto del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas; copia simple de la Partida de Nacimiento de la niña GENESIS ALESKA CAMACHO ALBORNOZ, signada con el N° 58, expedida por la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Barinas del Estado Barinas.
Estudiadas detenidamente tales actuaciones, a los fines de preservar los derechos de la niña de autos, esta Sala de Juicio de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda en conformidad y ordena oficiar al Consejo Nacional Electoral, ubicado en el Edificio José Vargas (CTV), Urbanización los Caobos, Sector Quebrada Honda, Av. Este 2, Piso 2, Asesoría Legal en la ciudad de Caracas. Así mismo, se nombra como correo especial a la ciudadana BERTHA DEL CARMEN ALBORNOZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.132.503, a los fines correspondientes.
Notifíquese al Representante del Ministerio Público.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Unipersonal Nº 01 de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 06 días del mes de Septiembre de Dos Mil Cuatro. (L.S) La Juez Unipersonal Nº 01 (fdo) Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Abog. Rosana Freitez. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas a los 06 de Septiembre de Dos Mil Cuatro.-
La Secretaria
Abog. Rosana Freitez
Exp. Nº S-4998-04
RDV/Deyci.-
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