REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 10 de Septiembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000021
ASUNTO : EP01-R-2004-000080
Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA, interpuesto por el Abg. EDGAR ENRIQUE CASTILLO, en el asunto N° EP01-P-2004-000021, en su condición de defensor público de acusado ANDRES JOSE PAREDES CASTILLO, contra la sentencia dictada en el Juicio Oral en fecha 01-07-04, quedando las partes notificadas y publicada el día 19-07-04, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la que CONDENO, al acusado supra señalado, a cumplir la pena de VEINTICINCO (25) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Ordinal 1° del artículo 408 del Código Penal, en perjuicio del niño HEIBRAN ALEJANDRO RIVERO.
Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la defensa del acusado de autos. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que la decisión impugnada es recurrible, según lo establece el artículo 452 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEFINITIVA, interpuesto por el Abg. EDGAR ENRIQUE CASTILLO, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.
D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, interpuesto por el Abg. EDGAR ENRIQUE CASTILLO, en su condición de defensor público del acusado ANDRES JOSE PAREDES CASTILLO, contra la sentencia dictada en Juicio Oral en fecha 01-07-04, y publicada el día 19-07-04 por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
De conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija la QUINTA AUDIENCIA SIGUIENTE, a la fecha del presente AUTO DE ADMISIÓN a las 10:00 a.m., en la Sala N° 04, para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente.
Líbrense las correspondientes Boleta de Notificación
El Juez Presidente,
Dr. Trino Mendoza I.
La Juez Vice-Presidenta, La Juez de Apelación,
Dra. Yris Peña de Andueza. Dra. María Violeta Toro.
Ponente. La Secretaria,
Dra. Johana Vielma.
Asunto N° EPO1-R-2004-000080.
TMI/YPdeA/MVT/JV/mm
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos.
Conste,
Dra. Johana Vielma.