REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 13 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000678
ASUNTO : EP01-P-2003-000678
JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Continuación
JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
JUECES ESCABINOS: Rosario Giuseppe Liuza Patti - Iris Dolores Caballero Sáenz
FISCAL: Abg. Meris Del Valle Martínez
IMPUTADO (S): JUVENAL SANCHEZ
DEFENSOR: Abg. Saíz Rafael Mitilo Veliz.
DELITO: Transporte de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SECRETARIO: Abg. Deicy Cáceres Navas
En el día de hoy Miércoles 13 de Abril de 2.005, siendo las 2:20 de la Tarde, oportunidad convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral y público, en el presente proceso penal seguido en contra del ciudadano JUVENAL SANCHEZ venezolano, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.354.568, nacido el 16/08/62, en Estado Zulia, hijo de Aurora Sánchez (V), residenciado en El Nula, calle la Hormiga, N° 16, por la calle de la escuela a dos cuadras, Estado Apure, Por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Art. 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Se instala el tribunal Mixto de Juicio N° 03 integrado por el ciudadano Juez de Juicio N° 03 Abg. Perpetuo Reverol Briceño, los ciudadanos Rosario Giuseppe Liuza Patti titular de la cédula de identidad N° 9.386.990 y la ciudadana Iris Dolores Caballero Sáenz titular de la cédula de identidad N° 9.984.476 la secretaria de Sala Abg. Deicy Cáceres Navas y los alguaciles Pedro Luis López y Oswaldo Sandoval; Se procede a constatar la presencia de las partes necesarias en tal sentido: Se hizo presente la Representación Fiscal Abg. Meris Del Valle Martínez; Fue debidamente trasladado el imputado Juvenal Sánchez; comparece el Abg. Rafael Mitilo Veliz defensor privado del acusado; Comparece el testigo Henrris Alcides Rodríguez Altuve; Constituido el Tribunal Mixto de Juicio N° 03 y verificada la presencia de las partes necesarias, el ciudadano Juez Presidente apertura la continuación del juicio informando a los presentes el motivo, alcance y naturaleza del mismo, así como informa sobre las formalidades del Juicio Oral y el comportamiento que deben mantener el acusado, los intervinientes y el público presente. Acto seguido el ciudadano Juez realiza un recuento de todo lo ocurrido en la primera audiencia y la segunda audiencia celebrada el día 29-03-2.005 y 04-04-2.005. Acto seguido el Juez ordena continuar con la recepción de las pruebas de conformidad con lo establecido en los artículos 353, 354 y 355 del Código Orgánico Procesal Penal. Acto seguido se hace conducir a la sala y ante el estrado al funcionario de la Guardia Nacional ciudadano Cabo Segundo Rodríguez Altuve Henrris Alcides quien se identificó como, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.672.453; nacido en fecha 25-11-1.972, de profesión Militar retirado desde, domiciliado en el Barrio La Paz de ésta ciudad de Barinas; fue juramentado de acuerdo a las formalidades de Ley; manifiesta no tener ningún tipo de parentesco con el acusado de autos; Seguido expuso el conocimiento y su actuación en el presente proceso. Al concluir el testigo con su declaración se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscal del Ministerio a tal efecto el testigo fue respondiendo cada una de las preguntas formuladas; Se deja constancia a petición de la defensa privada, y por haberlo acordado el Tribunal que ante pregunta formulada por la representación fiscal el testigo respondió lo siguiente: “A uno de los testigos del procedimiento lo conocía”; “Pero, lo conocía de vista por que era de por ahí del sector” Se deja constancia que a petición de la defensa el testigo ante la siguiente pregunta de la Fiscal: ¿ Quiénes colaboraron en la extracción de la sustancia del camión? el testigo respondió: “ Colaboraron los testigos y los compañeros de trabajo que estaban laborando ese día” Se deja constancia que ante pregunta formulada por la ciudadana Fiscal el testigo respondió: “ Mi compañero abrió uno de los paquetes a los fines de verificar cuál era su contenido.” Acto seguido se le concede el derecho de hacer preguntas al Abg. Defensor privado Abg. Rafael Mitilo Veliz; Se deja constancia a petición del defensor privado que ante la siguiente pregunta ¿Uds. le explicaron al ciudadano Juvenal Sánchez qué estaban buscando en el vehículo? Resp. No, no le explicamos, por en principio no estábamos buscando nada” Se deja constancia que ante pregunta de la defensa el testigo respondió lo siguiente “Al Sr. Juvenal Sánchez lo aislamos en la fosa de revisión de vehículos, mientras llegaba el momento de trasladarlo al lugar correspondiente.” Se deja constancia que ante pregunta del defensor privado el testigo respondió: “La Fiscal no llegó durante el procedimiento, pero ella giró instrucciones por teléfono.” Se deja constancia que ante pregunta formulada por la defensa el testigo respondió: “Al testigo que siempre veía por que pasaba permanentemente por ahí, no lo excluimos, por que lo conocía de vista, pero no tengo idea de cómo se llama ese testigo, no lo conocía de trato y de comunicación.” Se deja constancia que ante pregunta formulada por el defensor privado el testigo respondió: “Creo que si se le dio oportunidad para comunicarse por teléfono” Seguido el Tribunal le hizo preguntas a la experto; En este estado se deja constancia que el ciudadano Juez le hace saber a las partes que se procede a suspender el desarrollo de la presente audiencia, en virtud de que no comparecieron los demás testigos, funcionarios y expertos, en consecuencia Se Fija su continuación para el día VIERNES 22 DE ABRIL DE 2.005 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA; Quedan notificadas todas las partes presentes de la fecha acordada; La ciudadana Fiscal del Ministerio Público se compromete para hacer comparecer a los órganos de prueba faltantes. Se ordena librar las citaciones, notificaciones y oficios correspondientes de manera URGENTE a los fines de la comparecencia de los ciudadanos expertos José Montero y Raúl González. Líbrese oficio a Participación Ciudadana. Se ordena librar boleta de traslado. Es todo, terminó siendo las 4:30 de la tarde; Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman................................................................................................................
El Juez Presidente de Juicio N° 03
Abg. Perpetuo Reverol Briceño
JUECES ESCABINOS:
Rosario Giuseppe Liuza Patti Iris Dolores Caballero Sáenz
C.I. 9.386.990 C.I. 9.984.476
Fiscal del Ministerio Público:
Abg. Meris del Valle Martínez
IMPUTADO:
JUVENAL SANCHEZ Defensor Privado:
Abg. Rafael Mitilo Veliz
La secretaria de sala:
Abg. Deicy Cáceres Navas
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