REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 20 de Abril de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000107
ASUNTO : EP01-P-2004-000107

ACTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Nueva Oportunidad.-
JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
FISCAL: Abg. Edgardo Boscán Pérez
IMPUTADO (S): KARINA JUBEL LEAL
DEFENSOR (A): Abg. Betulia Rivero
SECRETARIA: Abg. Deicy Cáceres Navas
DELITO: Aprovechamiento De Cosas Provenientes del Delito
VICTIMA: Tania Lisbeth Uzcategui Rivas

En el día de hoy Miércoles 20 de Abril de 2.005, siendo las 2:10 de la tarde oportunidad fijada para realizar Audiencia de Juicio Oral y Público, en la causa penal seguida en contra de la ciudadana: Karina Jubel Leal, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 15.538.028, se sigue la presente causa penal, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana Tania Lisbeth Uzcateguí. Se constituyó el Tribunal de Juicio Nº 03, en la Sala de Audiencias N° 03 de éste Circuito Judicial Penal, integrado por el Juez Abg. Perpetuo Reverol Briceño, la Secretaria Abg. Deicy Cáceres Navas y el Alguacil Even Camacho y William Parra. Seguidamente la Juez ordena a la Secretaria verificar la presencia de las partes, constatándose la presencia del Fiscal de Ministerio Público Abg. Edgardo Boscan, la imputada KARINA JUBEL LEAL y la víctima Tania Lisbeth Uzcategui Rivas no comparecieron, la Defensora Pública: Abg. Betulia Rivero de igual modo no se hizo presente, dejándose constancia que a través de la Unidad de Defensa Pública se recibió información que la defensora no se encuentra en el Circuito por cuanto se encuentra delicada de salud; En consecuencia por no encontrarse todas las partes necesarias éste Tribunal ACUERDA fijar nueva oportunidad para realizar el presente juicio correspondiendo para el día VIERNES 03 DE JUNIO DE 2.005 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Se deja constancia que el Fiscal del Ministerio Público se acercó a la sala para informar su imposibilidad de asistir para atender el desarrollo del presente acto por cuanto tiene previsto la realización de un juicio Oral con el tribunal de Juicio N° 01 en la Sala de Audiencias N° 01. En consecuencia Se ordena librar boletas de notificación a todas las partes necesarias, imputada, víctima, defensa y fiscal del Ministerio Público, en cuanto a la imputada y la víctima debe advertírseles el carácter obligatorio de sus comparecencias a los actos del proceso, se ordena solicitarle acuse de recibo al organismo policial que se comisione para la entrega de las boletas, indicándoles que anteriores oportunidades éste Tribunal ha solicitado la práctica de la misma diligencia sin que hayan emitido respuesta oportuna indicando el resultado de la misma, en cuanto a la imputada se ordena solicitarle a la Comandancia de la Zona Policial N° 10 si sirvan informar a éste Tribunal el cumplimiento de su medida de presentación. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman, siendo las 3:00 de la tarde. --------------------------
El Juez de Juicio N° 03

Abg. Perpetuo Reverol Briceño


La Secretaria de sala:

Abg. Deicy Cáceres Navas