TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
Barinas, 06 de Abril de 2.005.
194 º y 145 º
Vistos los términos del Convenimiento de REGIMEN DE VISITAS suscrito por ante la Defensoría del Niño y del Adolescente los ciudadanos NAHIARI PEREZ OTALVARES. y ALVARO ALEXANDER ARIAS CISNEROS., Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 14.867.870 y V- 11.712.599, padres de la niña DAIRE ALEJANDRA ARIAS PEREZ de cuatro (04) años de edad, en el cual acuerdan: Se fija un Régimen de Visitas para ver a la niña de la siguiente manera: “ Un régimen de visitas abierto con un periodo de vacaciones alternadas, respetando las horas de descanso y estudio de la niña antes mencionada”. En Consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior de las niñas En consecuencia esta sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior de la niña DAIRE ALEJANDRA ARIAS PEREZ de cuatro (04) años de edad. Expídanse las copias certificadas de Ley del presente Convenimiento. Así mismo se ordena EL CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 2 Abg. Yolanda F. Guerrero G. Y la Secretaria abg. Rosana Freitez Alvaray. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Rosana Freitez Alvaray. Quien suscribe Abg. Rosana Freitez Alvaray, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente S-5580-05, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.
La Secretaria.
Abg. Rosana Freitez Alvaray
Exp. Nº: S-5580-05
YFGG/marilyn
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