Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 15 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000270
ASUNTO : EP01-R-2005-000006

PONENTE: DR. TRINO RUBEN MENDOZA ISTURI.


Acusado: Junior José Hernández

Victima: Jose Wancelado Jara Ramirez (occiso) y Freddy Eduardo Jara

Delito: Homicidio Calificado.

Representación Fiscal Abg. Iraida Guillen. Fiscal Segundo del Ministerio Público.

Defensa Privada: Abg. Ruben Medina Aldana.

Motivo: Apelación de Sentencia (Admisibilidad)



Corresponde a esta Alzada conocer del recurso de apelación interpuesto por el Abogado Ruben Medina Aldana, en su condición de Defensor Privado del acusado: Junior José Hernández, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 14 de Enero de 2005, por el Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Condenó al acusado antes mencionado, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, a cumplir la pena de Quince (15) años de presidio. Esta Sala Única de la Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su admisibilidad, observa:

PRIMERO: El recurso de apelación fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la defensa del acusado. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia de la certificación de días de audiencias inserta al folio 06 de la presente causa. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según lo dispone el artículo 452 Ordinales 2° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 437 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por la Defensa Privada: Abg. Ruben Medina Aldana, debe ser declarado ADMISIBLE. Y así se decide.

D I S P O S I T I V A

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por la Defensa Privada, Abogado: Ruben Medina Aldana, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 14 de Enero de 2005, por el Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al acusado: Junior José Hernández; en consecuencia, de conformidad con el artículo 455 procedimental, se fija la DECIMA (10) AUDIENCIA, siguiente a la fecha del presente auto de Admisión, a las 10:30 a.m., para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente. Notifíquese a las partes.
El Juez de Apelación Presidente. Ponente

Dr. Trino R. Mendoza I.

El Juez de Apelaciones, La Juez Suplente Especial,

Alexis Parada Prieto María Violeta Toro
La Secretaria,

Carolina Paredes

Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.
La Sctria.
Asunto: EP01-R-2005-000006
TRMI/APP/MVT/CP/ydcg..-