Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 27 de Abril de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000662
ASUNTO : EP01-R-2005-000029
PONENTE: DR. TRINO RUBEN MENDOZA ISTURI.
Imputados: Carlos Arturo Ayala Barrios y Mario José Mansur.
Victima: Jhovany Celis Herrera Lincones
Delito: Homicidio Calificado Frustrado.
Representación Fiscal Abg. Julene del Valle Godoy Romero. Fiscal del Ministerio Público.
Defensa Privada: Abg. Omar Gatrif.
Motivo: Apelación de Auto (Admisibilidad)
Corresponde a esta Alzada conocer del recurso de apelación interpuesto por la abogada: Julene del Valle Godoy Romero, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público de este Estado, en contra del auto dictado en fecha 04 de Marzo de 2005, por el Juzgado Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le otorgó Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a los penados: Carlos Arturo Ayala Barrios y Mario José Mansur, por el delito de Homicidio Calificado en Grado de Frustración. Esta Sala Única de la Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su admisibilidad, observa:
PRIMERO: El recurso de apelación fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Representación Fiscal. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia de la certificación de días de audiencias inserta al folio 11 de la presente causa. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según ordinales 6° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 450 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Julene del Valle Godoy Romero, en su condición de Fiscal del Ministerio Público de este Estado, debe ser declarado ADMISIBLE. Y así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la abogada: Julene del Valle Godoy Romero, en su carácter de Fiscal del Ministerio de este Estado, en contra del auto dictado en fecha 04 de Marzo de 2005, por el Juzgado Primero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le otorgo Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a los penados: Carlos Arturo Ayala Barrios y Mario José Mansur, por el delito de Homicidio Calificado en Grado de Frustración; y se acordó fijar la DECIMA (10) AUDIENCIA SIGUIENTE a la fecha del presente auto de admisión, a los fines de dictar la decisión correspondiente. Notifíquese a las partes.
El Juez de Apelación Presidente. Ponente
Dr. Trino R. Mendoza I.
El Juez de Apelaciones, La Juez Suplente Especial,
Alexis Parada Prieto María Violeta Toro
La Secretaria,
Carolina Paredes
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.
La Sctria.,
Carolina Paredes
Asunto: EP01-R-2005-000029
TRMI/APP/MVT/CP/ydcg.-
|