La presente causa se inició en fecha 12 de Enero de 2005, al recibir este Tribunal, oficio N° 06F800030-05, suscrito por el Abg. JOSE FRANCISCO TRASPUESTO ORELLANA, Fiscal Octavo Auxiliar del Ministerio Público del Estado Barinas, mediante el cual remitió anexas Actas Procesales relacionadas con el adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LE, en virtud de la denuncia formulada por el ciudadano HUGO RAMON MEJIAS VILLA, ante la Unidad Administrativa de Investigaciones Penales de la Dirección General de Policía Municipal de la Alcaldía del Municipio Barinas del Estado Barinas,, la cual cursa inserta al folio dos (02) y su vto de la presente causa, en la cual denuncia que agarró en su taxi unos pasajeros, frente a la Unellez, eran dos tipos y una muchacha y le dijeron que los llevara a la Urb. Los Lirios, al llegar a la urbanización sacaron una pistola y lo sometieron diciéndole que se pasara al asiento trasero y se quedara tranquilo, que si no lo hacía lo iban a matar, en eso venía una camioneta Burbuja Blanca y a lo mejor se dio cuenta y comenzó a tocar corneta y comenzaron a retroceder y se metieron en una cuneta y se asustaron y se bajaron y salieron corriendo y llamó a la policía y le dijeron que pusiera la denuncia.
Una vez recibidas dichas actuaciones, este Tribunal procedió a darle entrada en lo libros correspondientes, asignarle la nomenclatura, quedando identificada como 2C-1046/2005.
Cursa a los folios NUEVE (09) Y DIEZ (10) de la presente causa, Sobreseimiento Provisional de fecha 12 de Enero de 2005, solicitado por la Fiscal Octava del Ministerio Público del Estado Barinas, Abg. CARMEN MARIA LEON DE RODRIGUEZ, no habiendo solicitado hasta la presente fecha la reapertura del procedimiento.