La presente causa se inició en fecha 21 de Marzo de 2005, al recibir este Tribunal, oficio N° 06F80-0273/05, suscrito por el Abg. JOSE FRANCISCO TRASPEUSTO ORELLANA, Fiscal Octavo Auxiliar del Ministerio Público del Estado Barinas, mediante el cual remitió anexas, actas procesales relacionadas con los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY , por motivo de la diligencias urgentes y necesarias realizadas por la Dirección General de la Policía Municipal, Unidad Administrativa e Investigaciones Penales de la Alcaldía del Municipio Barinas del Estado Barinas, cuando en fecha 12 de Marzo de 2003, los Funcionarios Agentes HUMBERTO ECHEVERRIA y JOSE CASTILLO, adscritos a la División de Seguridad y Orden Público de la Policía del Municipio Barinas, estando de patrullaje, por las inmediaciones del centro de la ciudad, específicamente por la Avenida Pàez cerca de la Biblioteca Pública, avistaron a tres adolescentes vestidos de uniforme escolar a bordo de un vehículo moto Jog, color vino tinto, en actitud sospechosa, dándoles voz de alto a la que hicieron caso omiso, logrando aprehenderlos, solicitándoles los documentos del vehículo así como sus documentos personales siendo identificados como: RONALD EDUARDO RIVERO ALBORNOZ; EDWUIN VARGAS BOLIVAR y FRANYER DARIO GONZALEZ BECERRA, quienes manifestaron no tener los documentos por que se la habían prestado y al verificar los seriales se observaron falseados, trasladando el vehículo hasta el Comando y poniendo las actuaciones a la orden del Fiscal Superior del Ministerio Público.
Una vez recibidas dichas actuaciones, este Tribunal procedió a darle entrada y asignarle la nomenclatura correspondiente, siendo la misma 2C-1077/2005.
Cursa a los folios OCHO (08), NUEVE (09) Y DIEZ (10), de la presente causa, Sobreseimiento Provisional de fecha 28 de Marzo de 2005, solicitado por el Fiscal Octavo Auxiliar del Ministerio Público del Estado Barinas, Abg. JOSE FRANCISCO TRASPUESTO ORELLANA, no habiendo solicitado hasta la presente fecha la reapertura del procedimiento.
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