La presente causa se inició en fecha 01 de Octubre de 2003, al recibir este Tribunal, oficio N° 06F80-0958/03, suscrito por la Abg. LUZ YANIBE MARTINEZ VARGAS, Fiscal Octava Auxiliar del Ministerio Público del Estado Barinas, mediante el cual remitió anexas, actas procesales relacionadas con el adolescente identidad omitida conforme a la ley, por motivo de las diligencias urgentes y necesarias realizadas por la División de Investigaciones Penales de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas, según denuncia formulada por el ciudadano JULIO ARNOLDO MARTINEZ ROA, en la que expone que estando trabajando en las instalaciones de Llanovisión, lo llamaron por Radio Marquesa 101.7, comunicándole el robo de un televisor de 26”, de inmediato se fue para su casa y observó que faltaba el televisor, pero los vecinos le comunicaron que había aparecido en otra casa en la cual detuvieron al adolescente identidad omitida conforme a la ley.
Una vez recibidas dichas actuaciones, este Tribunal procedió a darle entrada y asignarle la nomenclatura correspondiente, siendo la misma 2C-808/2003.
Cursa a los folios SESENTA (60) Y SESENTA Y UNO (61), de la presente causa, Sobreseimiento Provisional de fecha 16 de Agosto de 2005, solicitado por la Fiscal Octava del Ministerio Público del Estado Barinas, Abg. CARMEN MARIA LEON DE RODRIGUEZ, no habiendo solicitado hasta la presente fecha la reapertura del procedimiento.
|