REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 02 de agosto del 2005.
Años 195º y 146º

Nro. 03-08-05.

Vista la diligencia suscrita en fecha 26 de julio del año en curso, por la demandante ciudadana Judith del Valle Aristimuño, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.008.830, asistida por la abogada en ejercicio Milagros Pietri, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.251, mediante la cual desiste de la acción de partición intentada contra el ciudadano Luis Alberto Zamuria, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.058.927; y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento de la acción, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena la devolución de los originales cursantes a los folios del dos (2) al diez (10), ambos inclusive de la solicitud, previa su certificación en autos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de las respectivas copias se autoriza amplia y suficientemente al Alguacil de este Tribunal, ciudadano Juan Carlos Toledo Marquina, titular de la cédula de identidad Nº 13.947.103.

La Juez Provisorio,

Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria,


Abg. Karleneth Rodríguez Castilla




Exp. Nro. 04-6582-CO.
rm.
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”