En el Despacho del día de hoy, 10 de Agosto del año 2.005, siendo las diez de la mañana previo habilitación del tiempo necesario, se traslado y se constituyo el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en compañía de las abogados en ejercicio Blanca Montilla Tolosa, Maria Soledad Bracamonte y Félix Chacon, inscritos en el inpreabogado números 48.065, 11.032, y 71.410 Respectivamente, domiciliados en el Estado Barinas, en el inmueble donde funciona la sede de la ONG Fundación para Niños Adolescente y Ancianos de Cruz Paredes, ubicada entre Las Avenidas Bolívar Y Sucre de la población de Barrancas Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, sitio indicado expresamente por los abogados mencionados anteriormente acreditados como parte actora, que representan la parte querellante, a los fines de ejecutar el Decreto de Amparo a la Posesión, dictado por le Juzgado Segundo De Primera Instancia En Lo Civil Y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con motivo del juicio de querella de interdicto de amparo en la posesión, intentado por la ciudadana: Nairobys Rossibell Berrios Dun, en su condición de presidenta de la ONG. . Fundación para Niños, Adolescente y Ancianos de Cruz Paredes, en contra de las ciudadanas: Maria Guadalupe Fernández Acuña, Francisca Fornino, y el abogado Omar Gatrif. El Soughayer, titulares d las cédulas de identidad números V- 5.957.869, V-3.914.745,y 11.711.620, Respectivamente, y cuya ejecución ha sido comisionada a este Juzgado Ejecutor de Medidas. Presentes en el sitio los abogados en ejercicio que representa la parte actora Blanca Montilla Tolosa, Maria Soledad Bracamonte y Félix Chacòn, anteriormente identificados. En este estado EL Tribunal concede el derecho de palabra a la doctora Blanca Montilla Tolosa y expone: Pido al Tribunal se deje constancia de la presencia en este acto de los miembros que conforman la Fundación para Niños Adolescentes y Ancianos de Cruz Paredes (FUNIANCRUZPAR) y que hacen vida social donde realizan sus actividades propias de cada uno de los grupos que lo conforman, así como el desarrollo de su respectivos programas, los cuales son los siguientes: Fundación Cultural Watachut, Asociación Civil Lideres Unidos Pioneros Estudiantiles, Grupo Scout Plaza 17, Club Deportivo Jincana Deportes, Brigada Ecológica E.R.A 2.000; Y Asociación de Vecinos 02 de Diciembre. Es Todo. El Tribunal para dejar constancia de la presencia de los grupos mencionados por la apoderada actora, escoge a su criterio Dos (2) de cada uno de sus representantes para identificarlos y a fin de que tengan constancia de que el Tribunal le esta decretando un Ampara A la Poción por perturbación. Fundación Cultural Guatachut, Daniel Ernesto Ojeda Jaime, titular de la cédula de identidad Nº 15.829.714 y Orangel Perera Yépez, titular de la cédula de identidad Nº 18.117.275. Por la Asociación Civil Lideres Unidos Pioneros Estudiantiles: Jairo Elías Perera Pacheco, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.968.363., y Rubén Darío Matheus Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº 15.672.851. Grupo Scouts Plaza 17: Yonar Jesús Rivas Dun, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.024.523. y Jesús Alejandro Linares Sarmiento, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.784.242. Menores de edad. Por el Club Deportivo Jincana Deportes: Blanca Paola Sanguino Bautista, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.977.290, adolescente; Y Bekelys Anahiz Barrios Cabeza, titular de la cédula de identidad Nº-18.838.512. Por la Brigada Ecológica E.R.A. 2.000: Cristhian Bautista Sanguino, titular de la cédula de identidad Nº v-18.393.595, Adolescente, y Naibelys Coromoto Rivas Dun, titular de la cédula de identidad Nº-17.377.792. Por la Asociación de Vecinos 02 de Diciembre: Nelson Nicolás Perera Pacheco, titular de la cédula de identidad Nº v13.111.213, y Vivian Yamibel Perera Pacheco, titular de la cédula de identidad Nº-13.111.188. En este estado el Tribunal notifica a los presentes de su misión en el sitio indicado por la parte actora. Seguidamente el Tribunal procede a nombrar como practico al ciudadano: Miguel Antonio Castrejon Hernández, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 3.120.659. Domiciliado en avenida Sucre de la Población de Barrancas, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas. A los fines de verificar y señalar los linderos de ubicación del inmueble objeto del presente Amparo a la Posesión, quien estando presente manifestó su aceptación y presto el juramento de Ley. y Expuso: Los linderos del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal son los siguientes: Por el Norte: Terrenos y mejoras de los menores Varela Fernández, Sur: Con terreno de Corpoindustria, Este: Carretera Nacional Barinas Guanare, Y Oeste: Con Prolongación de la Avenida Bolívar. En este estado este Juzgado Ejecutor d Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Actuando por comisión , En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formalmente ejecutado el Decreto de Amparo a la Posesión por perturbación a la posesión a favor de la parte querellante Fundación Para Niños y Adolescentes, Ancianos de Cruz Paredes (FUNIANCRUZPAR ONG), representada por su presidenta Nairobys Rosibell Berrios Dun, titular d la cédula de identidad V-Nº 15.383.827, sobre el inmueble que constituye la sede donde funciona la Fundación para Niños y Adolescentes y Ancianos de Cruz Paredes, antes mencionada, sitio donde se encuentra constituido el Tribunal comprendido dentro de los linderos que anteriormente fueron verificados y señalados por el practico designado Seguidamente este Tribunal Ordena a los ciudadanos: Maria Guadalupe Fernández Acuña , Francisca fornino y el abogado Omar Gatrif El Soughayer, antes identificados, el cese de los actos perturbatorios sobre el referido inmueble. Siendo las once y treinta minutos de la mañana y no habiendo otra actuación que practicar se da por concluido el acto y el Tribunal regresa a su sede original, previamente ordenando el Juez al Secretario se sirva remitir oficios del Amparo Ejecutado a los ciudadanos: Maria Guadalupe Fernández Acuña, Francisca Fornino y Omar Gatrif, donde se les notifica del Amparo ejecutado en favor de la Fundación para Niños, Adolescente y Ancianos de Cruz Paredes (FUNIANCRUZPAR O.N.G.) Así mismo que se remita a la brevedad posible al Tribunal de la causa la comisión que le fue conferida y sus resultas a este Tribunal. Es todo termino se leyó conformes firman.-LS. El JUEZ (FDO) Ilegible. APODERADOS ACTORES (FDOS) Ilegibles. LOS REPRESNTANTS DE LAS AGRUPACIONES SOCIALES QUE HACEN VIDA Y DESARROLLAN SUS ACTIVIDADES EN EL LOCAL DONDE FUNCIONA LA FUNDACION. WATACHUT (FDOS) ILEGIBLES. ASOCIACION CIVIL LIDERES UNIDOS PIONEROS ESTUDIANTILES (FDOS) ILEGIBLES. GRUPO SCOUTS PLAZA 17 (FDOS) ILEGIBLES. CLUB DEPORTIVO JINCANA DEPORTES (FDOS) ILEGIBLES. BRIGADA ECOLOGICA E.R.A 2.000 (FDOS) ILEGIBLES. ASOCIACION DE VECINOS 02 DE DICIEMBRE (FDOS) ILEGIBLES. EL PRACTICO (FDO) MIGUEL CASTREJON. LA PRSIDENTA DE FUNIANCRUZPAR (FDO) ILEGIBLE. EL SECRETARIO TEMPORAL (FDO) ILEGIBLE.
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