REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 6 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-005894
ASUNTO : EP01-P-2005-005894


AUTO DE COMPUTO DE PENA


Vistas las actuaciones que anteceden y por cuanto ahora si está firme la sentencia, es por lo que se procede a efectuar el respectivo computo de pena:
Firme como ha quedado la Sentencia Definitiva dictada por el Tribunal de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 07 / 11/2005, mediante la cual condenó al ciudadano: WILLIAM VILLAFAÑE MENDEZ, 9.361.679, de 39 años de edad, grado de instrucción: Tercer año de bachillerato, nacido en Barinas, en fecha 13/04/66, hijo de Orlando Enrique Villafañe (F) y de María Alejandra Méndez (V), residenciado en la Urb. Juan Pablo II, manzana O, casa N° 1, Municipio Barinas del Estado Barinas, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION, por el delito de hurto Agravado, fue detenido preventivamente en fecha 16-08-2005 hasta hoy 06-12-2005, total de la detención TRES (3) MESES Y VEINTE (20) DIAS le falta por cumplir: UN (1) AÑO, MESES Y DOS (2) DIAS, cumple pena el día 16-08-2007.-En vista del monto de pena impuesta notificar al penado,a la Abg. Julene Godoy, en su condición de Fiscal de Derechos Fundamentales y Ejecución de Sentencias del Ministerio Público de este Estado, al Defensor, para que en un plazo de Treinta (30) días contados a partir de la fecha de notificación, solicite el beneficio correspondiente por ante este Tribunal de Ejecución, a excepción de WILLIAM VILLAFAÑE MENDEZ, quien debe solicitar el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena
Remítase Copia Certificada de la Sentencia y de la presente Decisión a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley de Registro de Antecedentes Penales vigente, al Director del Internado Judicial del Estado Barinas y al penado.-

El Juez de Ejecución N° 02
El Secretario
Abg. Aldo González Abg.


AGA / zcc.-