Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 21 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-000007
ASUNTO : EP01-R-2005-000186


PONENTE: DR. TRINO RUBEN MENDOZA ISTURI.



Acusado: Wilson Armando Quintero.


Víctimas:
Wilson A. Escalona (occiso) y Edecio Escalona (Padre)

Defensa Privada: Abg. José Laurencio Figueredo.

Delito: Homicidio Intencional Calificado cometido con Alevosía.

Representación Fiscal Abg. Maritza Rivas, Fiscal 5° del Ministerio Público.

Motivo: Apelación de Sentencia

Asunto: EP01-R-2005-000186



Corresponde a esta Alzada conocer del Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado José Laurencio Figueredo Vallejo, en su condición de Defensor Privado del acusado Wilson Armando Quintero, contra la sentencia publicada en fecha 28 de Octubre de 2005, por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó referido al acusado a cumplir la pena de 15 años de presidio, por la comisión del delito Homicidio Intencional Calificado cometido con Alevosía, cometido en perjuicio del ciudadano Wilson Alexander Escalona. Esta Sala Única de la Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su Admisibilidad, observa:


PRIMERO: El Recurso de Apelación fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Defensa. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, según se desprende de la Certificación de días de audiencias hecha por la secretaría del Tribunal A quo Abogada Sandra Bastidas, inserto al folio 05 del presente recurso de apelación. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según lo dispone el artículo 452 ordinal 2°, del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 437 ejusdem, el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Privado Abogado José Laurencio Figueredo Vallejo, debe ser declarado ADMISIBLE. Y así se decide.


D I S P O S I T I V A


Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el Abogado José Laurencio Figueredo Vallejo, en su condición de Defensor Privado del acusado Wilson Armando Quintero, contra la sentencia publicada en fecha 28 de Octubre de 2005, por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó referido al acusado a cumplir la pena de 15 años de presidio, por la comisión del delito Homicidio Intencional Calificado cometido con Alevosía, cometido en perjuicio del ciudadano Wilson Alexander Escalona; en consecuencia, de conformidad con el artículo 455 procedimental, se fija la DECIMA (10) AUDIENCIA, siguiente a la fecha del presente auto de Admisión, a las 10:00 a.m., para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente. Notifíquese a las partes.


El Juez de Apelación Presidente. Ponente

Dr. Trino R. Mendoza I.

La Juez de Apelaciones, La Juez Suplente Especial,

Dr. Alexis Parada Prieto Dra. María Violeta Toro


La Secretaria,

Abg. Carolina Paredes









Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste. La Sctria.,

Abg. Carolina Paredes








Asunto: EP01-R-2005-000186
TRMI/APP/MVT/CP/ydcg.-