REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS, 12 DE ENERO DE 2005.-
194 º y 145º

En escrito presentado en este Tribunal Superior, en fecha 12 de Abril de 2004, por la Abogada MARIA CAROLINA URBINA BUSTILLOS, inscrito en el INPREABOGADO bajo los Nos. 96.216, con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ERMO RAMIREZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.545.219, han interpuesto juicio por RECURSO DE NULIDAD, en contra de los Actos Administrativos emanados del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales Renovables (MARNR) Dirección estatal Barinas, así como las Providencias Administrativas Nº 16 de fecha 15 de Diciembre de 2003, con Oficio Nº 02118 y Providencia Administrativa Nº 05 de fecha 19 de Marzo de 2004, con oficio Nº 00354, respectivamente .
En fecha (11) de Enero de Dos Mil Cinco (2005), la Abogada MARIA CAROLINA URBINA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 96.216, con el carácter de demandante por una parte, y por la otra la Abogada NELLY MORENO GOMEZ inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 111.228, presentan ACTA DE CONVENIMIENTO, y solicitan a este Tribunal Superior, la homologación del convenimiento celebrado entre ambas partes y el archivo del expediente.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida la Transacción, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, en el juicio de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES interpuesto por la Abogada MARIA CAROLINA URBINA, antes identificada, en contra del ciudadano ERMO RAMIREZ CONTRERAS. -

EL JUEZ OROVISORIO,

FREDDY DUQUE RAMÍREZ
LA SECRETARIA,

BEATRIZ TORRES MONTIEL.
EXP. Nº 4935-04
Ems.