REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS, 24 DE ENERO DE 2005.-
194 º y 145º

En escrito presentado en este Tribunal Superior, en fecha 30 de Marzo de 2004, por los Abogados ANGEL ANTONIO SALAZAR FENECH y DANIEL ALFREDO GRATEROL ARAQUE, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 97.484 y 101.825, respectivamente, con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana NELLY AIDEE MORENO DE CAPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.231.108, han interpuesto juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en contra del MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE.
En fecha (19) de Enero de Dos Mil Cinco (2005), el Abogado DANIEL ALFREDO GRATEROL ARAQUE, antes identificado, con el carácter de demandante presenta ACTA DESISTIMIENTO, y solicitan a este Tribunal Superior, la homologación del desistimiento y el archivo del expediente.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida el desistimiento, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIRNTO, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, en el juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesto por la ciudadana NELLY AIDEE MORENO DE CAPO, antes identificada, en contra del MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES. Se ordena el archivo del expediente -

EL JUEZ PROVISORIO,

FREDDY DUQUE RAMÍREZ
LA SECRETARIA,

BEATRIZ TORRES MONTIEL.
EXP. Nº 4919-04
Ems.