REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 12 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2004-008489
ASUNTO : EP01-S-2004-008489

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO

Vista la solicitud presentada por el Abg.DAVID CAMACHO TREMONT, en su condición de Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público del Estado Barinas, en la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad como dispuesto en el artículo 318, ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir sobre tal solicitud hace las siguientes consideraciones:
ÚNICO
Consta del presente legajo de actuaciones oficio de fecha 13 de Marzo de 1990, suscrito por Teniente Coronel (FAP) JOSE AVENICIO ROJO, Comandante General de la Policía del Municipio Socopó Estado Barinas, dirigido al Comisario, Jefe de la Delegación del Cuerpo Técnico de Investigaciones, Penales y Criminalísticas en donde consta la detención de los ciudadanos: CARLOS RAMON RAMIREZ y JOSE RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-9.363.283, V- 9.361.958, por encontrarse incursos en uno de los delitos contra las personas, en perjuicio del ciudadano: ARTURO MEZA, a quien le ocasionaron herida punzo penetrante en el abdomen con arma blanca (cuchillo), posteriormente siendo recluido en el hospital por la lesión ocasionada a dicha persona. Visto que del legajo de actuaciones, se evidencia que el hecho objeto del proceso no es típico y habiendo transcurrido más de TRECE (13) AÑOS desde que se notificó la detención que inicia el procedimiento, SE HACE PROCEDENTE DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318, ordinal 2° en su primer supuesto, del Código Orgánico Procesal Penal, solicitado por el Abg.DAVID CAMACHO TREMONT, en su condición de Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público del Estado Barinas , a favor de CARLOS RAMON RAMIREZ y JOSE RAMIREZ , por la presunta comisión de un delito contra las personas; cometido en perjuicio del ciudadano: ARTURO MEZA , en consecuencia, se DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 2° de Código Orgánico Procesal Penal, y de conformidad con el Artículo 175 ejusdem, se acuerda notificar a las partes. Se ordena remitir las presentes actuaciones al Archivo Judicial una vez quede definitivamente firme la presente decisión y conste en autos las Boletas de Notificación devueltas.

LA JUEZ DE CONTROL N° 01


Dra.Vilma Fernández LA SECRETARIA


Abg. Xiomara segovia




En fecha_________ Se libraron Boletas de Notificación N°________________


VF/xs