REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 21 de Enero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2004-004148
ASUNTO : EP01-S-2004-004148
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por la representación del Ministerio Público para el Regimen Procesal Transitorio del Estado Barinas , Abg. David Camacho Tremont, mediante el cual solicita el decreto de sobreseimiento de la causa a favor de PERSONA DESCONOCIDA, todo conforme al Artículo 318, ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Control pasa a decidir en los siguientes términos:
Consta en las actuaciones remitidas a este Despacho por la Fiscal del Ministerio Público, Segun Acta de Transcripción de Novedad, de fecha 01 de Abril de 1999, se recibió llamada del Comando Policial de Socopo, donde se informa que en las parcelas de Michay, via el uno de las Reservas de Ticoporo del Estado Barinas, se encuentra el Cadaver de una persona de sexo Masculino, quien en vida respondia al nombre de Antonio Molina, quien presuntamente falleció a consecuencia de un infarto al miocardio, es todo.....
Segun acta de Defunción N° 26 expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Antonio Jose de Sucre expresa que la causa de la muerte fue Traumatismo Craneo encefalico Complicado, FX Craneo, lo que indica que no hubo una circunstancia que pudiera calificar como delito este hecho, ni mucho menos poder calificarla conforme lo indica el Código Penal.
Visto que los hechos precedentemente narrados no encuadran perfectamente en ningún tipo penal, es legalmente procedente – y así se declara – decretar el sobreseimiento de la causa por falta de tipicidad en acción desplegada. Así se decide.-
Por las circunstancias anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta el sobreseimiento de conformidad con lo expuesto en el Ordinal 2° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Publíquese y regístrese. Remítase al archivo judicial una vez que quede definitivamente firme la presente Decisión y conste en auto las Boletas de Notificación Devueltas.
La Juez Segunda de Control,
Abg. Carmen Martinez.
La Secretaria,
Abg. Nina González.
En la misma fecha se libró boleta Nro._____________ al Fiscal del Ministerio Público. Conste.-