REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 25 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2004-004227
ASUNTO : EP01-S-2004-004227

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO

Visto el escrito presentado por la representación del Ministerio Público, Abg. David Camacho Tremont Fiscal del Ministerio Publico para el Regimen Procesal Transitorio del Estado Barinas, mediante el cual solicita el decreto de sobreseimiento de la causa en favor de ALVARO SIMON HIDALGO PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.841.747, Domiciliado en la mesa de Cabaca Estado Portuguesa, todo conforme al Artículo 318, ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Control pasa a decidir en los siguientes términos:
Consta en las actuaciones realizadas por la Oficina Procesadora de Accidentes del Comando N° 53 de Transito Terrestre, donde se señala la ocurrencia de un accidente de transito del tipo Choque con objeto fijo Volcamiento en la via , con saldo de una persona Muerta, hecho ocurrido el dia 11 de Diciembre de 1998, en la Autopista Jose Antonio Paez hacia Guanare. La persona Fallecida quedo identificada como ALVARO SIMON HIDALGO PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.841.747, Domiciliado en la mesa de Cabaca Estado Portuguesa, quien conducia un vehículo particular, marca Dodge, Coronet, color azul y blanco, placas HAE-263. SEGUN ACTA DE DEFUNCIÓN la causa de la muerte fue Politraumatismo y Fractura de Craneo . Visto que los hechos precedentemente narrados no encuadran perfectamente en ningún tipo penal, ya que dependierón directamente de la acción de la victima, es legalmente procedente – y así se declara – decretar el sobreseimiento de la causa por falta de tipicidad en acción desplegada. Así se decide.-
Por las circunstancias anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta el sobreseimiento de conformidad con lo expuesto en el Ordinal 2° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Publíquese y regístrese.Remítase al Archivo Judicial una vez que quede definitivamente firme la presente Decisión y conste en auto las Boletas de Notificación Devueltas.

La Juez Segunda de Control,

Abg. Carmen Martinez.
La Secretaria,

Abg. Nina González



En la misma fecha se libró boleta Nro._______ al Fiscal del Ministerio Público. Conste.-