REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 12 de Enero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000295
ASUNTO : EP01-P-2004-000295
ACTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
JUEZ: Abg. Josefina Lobosco Rondón
FISCAL: Abg. Alexander Marcano Romero y Abg. Carlos Ramírez
IMPUTADO: RAFAEL ESCALONA SANGUINO
DEFENSOR: Abg. Pascual Hernández
SECRETARIA: Abg. Johana Vielma
En el día de hoy doce (12) de enero de dos mil cinco, siendo las 12:00m, día convocado para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral y Público seguido al acusado RAFAEL ESCALONA SANGUINO, venezolano, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.710.418, natural de Libertad Municipio Rojas, con fecha de nacimiento 29-01-70, hijo de Alselmina Sanguino y Eugenio Escolana; Obrero; grado de instrucción Bachiller, residenciado en la Barrio La Morita, Fundo Barranco Amarillo, Libertad Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual de Niños previsto en el artículo 259 encabezado y primer aparte de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la niña Vianca Karolai Jiménez. Se instaló el Tribunal de Juicio Mixto conformado por la Juez Presidente Abg. Josefina Lobosco Rondón, la secretaria Abg. Johana Vielma y los alguaciles José Ramos y Enrique Chalbaud. Acto seguido la Juez Presidente solicitó a la Secretaria de la Sala verificara la presencia de las partes y personas necesarias para el desarrollo del debate oral y público, constatándose la presencia del Fiscal del Ministerio Público Abg. Alexander Marcano, el Defensor Público el Abg. Pascual Hernández, el acusado RAFAEL ESCALONA SANGUINO, así como las ciudadanas González Yiletza Ramona y Lina Rosa Aranguren, en su condición de Jueces Escabinos. Se deja constancia de la no comparecencia de la niña Vianca Karolai Jiménez, en su condición de víctima, ni su representante legal. Seguidamente la Juez les informa a las partes presentes que en virtud que no se ha podido realizar la depuración de Escabinos y habiéndose realizado con anterioridad el correspondiente sorteo quedando seleccionadas las ciudadanas González Yiletza Ramona y Lina Rosa Aranguren, se procede a practicar la depuración en el presente acto, así mismo les pregunta si tienen alguna objeción y estos manifestaron individualmente que no lo tenían y que estaban conformes; en consecuencia el tribunal con ESCABINOS quedó constituido de la siguiente manera: GONZÁLEZ YILETSA RAMONA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.065.847 (TITULAR 1), y LINA ROSA ARANGUREN, titular de la Cédula de Identidad N°. 10.556.490 (TITULAR 2) y procedió a juramentar a las mismas. Acto seguido la ciudadana Juez Presidente declara abierto el debate y hace una exposición de la importancia y significado del acto y la conducta que deben mantener durante el Juicio el acusado y público presente. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público Abg. Alexander Marcano Romero, quien ratifica la acusación presentada en su oportunidad legal, así mismo narra las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos, solicitando se aplique la penalidad correspondiente de acuerdo al delito imputado al ciudadano Acusado Rafael Escalona Sangüino. Acto seguido se le concedió el derecho de palabra a la Defensa Abg. Pascual Hernández, quien explanó la base de su defensa. Acto seguido la Juez Presidente se dirige al acusado Rafael Escalona Sangüino, le impone del Precepto Constitucional, establecido en el artículo 49, ordinal 5to; de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y le advierte que pueden abstenerse de declarar sin que su silencio les perjudique y que el debate continuará aunque no declare y este libre de apremio y coacción sin juramento alguno manifestó “Me acojo al precepto constitucional, es todo” querer declarar. Seguidamente fue abierto el acto de recepción de pruebas de conformidad con el art. 353 del Código Orgánico Procesal Penal dejándose constancia de la no comparecencia de los testigos ofrecidos. Seguidamente solicitó el derecho de palabra el Fiscal del Ministerio Público quien manifestó al tribunal que dicho despacho se encargaría de practicar las diligencias necesarias para la comparecencia de los mismos. En virtud de lo manifestado este Tribunal de Juicio N° 02, procedió a suspender el presente Juicio Oral y Público para el día JUEVES 13/01/2005 a las 11:00 am. Quedan las partes presentes notificadas de la continuación del Juicio. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman siendo las 01 p.m
JUEZ PRESIDENTE DE JUICIO Nº 02
Abg. Josefina Lobosco Rondón.
JUECES ESCABINOS
González Yiletza Ramona Lina Rosa Aranguren
(Titular I) (Titular II)
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Abg. Alexander Romero Marcano
DEFENSA PÚBLICA ACUSADO
Abg. Pascual Hernández Rafael Escalona Sangüino
SECRETARIA
Abg. Johana Vielma
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