REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 1
Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 25 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EL01-P-1997-000018
ASUNTO : EL01-P-1997-000018


Visto el Informe presentado por el Lic. Noel Contreras, donde consigna Informe Final, emitido por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, donde consta el cumplimiento total de las presentaciones impuestas al penado EFIGENIO CLARET BERRIOS RIVAS, en la misma se evidencia que le fue acordada en fecha 28-04-2003, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, recibiéndose Informe Final de Conducta, el 18-01-2005 procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario- Barinas; del penado: EFIGENIO CLARET BERRIOS RIVAS, titular de la Cédula de Identidad N° 11.716.563; quien disfrutaba del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y finalizó su régimen de prueba en fecha 05-01-2005 y al efecto señala:“Asistió puntualmente a cada una de las entrevistas que le fueron fijadas, demostrando en todo momento el interés de cumplir cabalmente con las exigencias previstas en el Régimen de Prueba, Culminó sus presentaciones por esta unidad, en fecha 05-01-05. En virtud de haberse agotado el lapso de probación, se procede al cierre del caso y se hace entrega de la constancia correspondiente…”. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, de conformidad con el Artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y no teniendo más diligencias que practicar en la presente causa, DECLARA CERRADO EL PROCESO, al Ciudadano EFIGENIO CLARET BERRIOS RIVAS, titular de la Cédula de Identidad N° 11.716.563. por haber finalizado el régimen de prueba en fecha 05-01-2005. Notifíquese a las partes. Líbrense los oficios correspondientes. Remítase con oficio el presente Asunto al Archivo Sede de este Circuito Judicial Penal.
En Barinas a los Veinticinco (25) días del mes de Enero de 2.005.
La Juez de Ejecución N° 1.


Abg. Nerys Carballo Jiménez La Secretaria.



Abg. Yannira Dávila.