SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

La presente causa se inició en fecha 10 de Septiembre de 2004, al recibir este Tribunal, oficio N° 06F80935-04, suscrito por el Abg. JOSE FRANCISCO TRASPUESTO ORELLANA, Fiscal Octavo (Encargado) del Ministerio Público del Estado Barinas, mediante el cual remitió anexas Actas Procesales relacionadas diligencias urgentes y necesarias practicadas por las Fuerzas armadas Policiales del Estado Barinas por la denuncia interpuesta por el ciudadano LEONARDO JOSE ROMERO GONZALEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 6.217.986, residenciado en la Urb. Llano Alto, Sector B, Vereda 8, Casa No. B-8M, de esta ciudad, ante el referido organismo policial y que cursa inserta al folio DOS (02) y su vto, de la presente causa, y en la que destaca, entre otras cosas, lo siguiente:
“..Hace como cuarenta y cinco minutos me encontraba en mi residencia, llegó mi hija de sus clases normales me solicitó permiso para realizar un trabajo en el Centro de Internet adyacente a la vereda, como aproximadamente a los quince minutos retorna a mi hogar con una lesión en el lado derecho de la cara indicándome que la presunta agresión fue cometida por una joven adolescente llamada MARIA desconozco otros datos..”
Una vez recibidas dichas actuaciones, este Tribunal procedió a darle entrada en lo libros correspondientes, asignarle la nomenclatura, quedando identificada como 2C-997/2004,
Cursa a los folios DIEZ (10), ONCE (11) Y DOCE (12), de la presente causa, Sobreseimiento Provisional de fecha 15 de Septiembre de 2004, solicitado por el Fiscal Octavo (Encargado) del Ministerio Público del Estado Barinas, Abg.. JOSE FRANCISCO TRASPUESTO ORELLANA, no habiendo solicitado hasta la presente fecha la reapertura del procedimiento.