SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

La presente causa se inició en fecha 22 de Octubre de 2004, al recibir este Tribunal, oficio N° 06F801104-04, suscrito por el Abg. JOSE FRANCISCO TRASPUESTO ORELLANA, Fiscal Octavo (Encargado) del Ministerio Público del Estado Barinas, mediante el cual remitió anexas Actas Procesales relacionadas diligencias urgentes y necesarias practicadas por ante la Dirección General de la Policía Municipal del Estado Barinas por la denuncia interpuesta por los ciudadanos JONNY ALBERTO VIRGUEZ FLORES, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 13.604.969, residenciado en la Urb. Juan Pablo II, Manzana O, Casa No. 07 de esta ciudad; YURIANY SOLEDAD ROLDAN BRITO, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 14.218.913, residenciada en la Urb. Juan Pablo II, Manzana O, Casa No. 07 de esta ciudad y LARRY JOSE ARTIGAS PIRELA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 12-106-123, residenciado en la Urb. Raúl Leoni, Calle 09, Sector 7, Casa No. 17 de esta ciudad, ante el referido organismo policial y que cursan insertas a los folios CINCO (05), SEIS (06) Y SIETE (07) y sus vto, de la presente causa, y en la que destacan, que han sido objetos de robos por parte del adolescente CARLOS RANGEL.
Una vez recibidas dichas actuaciones, este Tribunal procedió a darle entrada en lo libros correspondientes, asignarle la nomenclatura, quedando identificada como 2C-1015/2004,
Cursa a los folios TREINTA (30) Y TREINTA Y UNO (31) de la presente causa, Sobreseimiento Provisional de fecha 26 de Octubre de 2004, solicitado por el Fiscal Octavo (Encargado) del Ministerio Público del Estado Barinas, Abg.. JOSE FRANCISCO TRASPUESTO ORELLANA, no habiendo solicitado hasta la presente fecha la reapertura del procedimiento.