Nro. 05-02-09.

En horas de despacho del día de hoy, nueve (09) de febrero del año dos mil cinco (2005), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el primer (1er) acto conciliatorio en el presente juicio de divorcio ordinario, el Alguacil procedió a hacer el anunció de dicho acto a las puertas del Tribunal, no compareciendo la demandante ciudadana Elia Rosa Meléndez Chirinos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.258.239; razón por la cual se declara extinguido el proceso de conformidad con lo dispuesto en la parte final del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Se deja constancia que no estuvo presente la parte demandada ni por sí ni por medio de apoderado judicial, así como tampoco la defensora judicial designada abogada Sandra Cervellione. No estuvo presente el representante del Ministerio Público de este Estado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez

El Alguacil
La Secretaria



Exp. Nro. 04-6561-C.F
rm.