REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 28 de Febrero de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000273
ASUNTO : EP01-P-2003-000273
ACTA DE DIFERIMIENTO DE JUICIO ORAL
JUEZ: Josefina Lobosco
FISCAL: Abraham Valbuena
SECRETARIA: Noris Romero
IMPUTADO (S): HANCEL DE JESUS FALCON JIMENEZ
DEFENSOR: Adolfo Cepeda.
QUERELLANTE: Julio Ramon Davila.
En el día de hoy, siendo las 11:00 am horas de la mañana, convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral incoada en contra del (la) ciudadano (a) HANCEL DE JESUS FALCON JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, de 48 años, titular de la cédula de identidad N° V-3.691.810, comerciante y residenciado en la Urbanización La Castellana, calle 106, N° 105 de la ciudad de Barinas, por la comisión del Delito Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delitos, previsto y sancionado 472 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos Julio Ramón Davila y Mary Yuset Hernández. Se constituyó en sala la Juez Presidente, Dr. Josefina Lobosco, la secretaria de sala Abog. Noris Romero. Se procedió a verificar la presencia de las partes, constantándose: En representación de la Defensa , Abog. Adolfo Cepeda que en su carácter de Defensor Privado, el Acusado Hancel de Jesús Jiménez, la parte querellante Abg. Julio Ramon Davila, abg. Ruben Medina, la testigo Carmen Vargas y Jose Rojas Diaz dejándose constancia de la inasistencia del Fiscal del Ministerio Publico Abg. Abraham Valbuena y de los testigos, esxpertos y funcionarios. Seguidamente, por tal motivo se acuerda diferir el juicio para el dia 28de Abril del 2005 a las 11:00 a.m. Quedan los presentes notificados. Líbrese lo conducente. Terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 11:50 AM.
El Juez de Juicio N° 2;
Dr. Josefina Lobosco
El Defensor Privado;
El Acusado
Abog. Adolfo Cepeda.
Hancel de Jesús Falcón
El Querellante; Defensa
Julio Davila Abg. Adolfo Cepeda
Abg. Ruben Medina
Los Testigos
Carmen Vargas
Jose Rojas Diaz
La Secretaria
Abog. Noris Romero
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