REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 1 de Febrero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000012
ASUNTO : EP01-P-2003-000012
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Nueva Oportunidad
JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
FISCAL: Abg. Abrahám Valbuena
IMPUTADO (S): JOSE FELIPE SAEZ AZUAJE
DEFENSOR: Abg. Luis Rodolfo Campos
DELITO: Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
SECRETARIO: Abg. Deicy Cáceres Navas
En el día de hoy, Martes 01 de Febrero de 2.005, siendo las 11:30 horas de la mañana, oportunidad convocada para dar inicio a la realización del Juicio Oral y Público, proceso incoado en contra del ciudadano JOSE FELIPE SAEZ AZUAJE, venezolano, de 40 años de edad, nacido en fecha 27/06/1.962, titular de la cédula de identidad N° 7.941.661, obrero, residenciado en el Barrio el Retruque, Av. Miranda, entre calles Campo Elías y Miranda Barrancas Estado Barinas, por la comisión del delito OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes Psicotrópicas, en perjuicio en perjuicio de la Salud Pública. Se constituyó el Tribunal Unipersonal conformado por el Juez de Juicio N° 03, Dr. Perpetuo Reverol Briceño, la secretaria de sala Abg. Deicy Cáceres Navas y el Alguacil Rafael Quintana; Acto seguido, el Juez solicitó a la secretaria de la Sala, verificar la presencia de las partes y personas necesarias para el desarrollo del debate oral y público, comparece la representación fiscal Abg. Abrahám Valbuena; se hace presente el acusado José Felipe Sáez Azuaje, compareció su abogado defensor Luis Rodolfo Campos; En éste orden se deja constancia que el ciudadano Fiscal le hace saber al Tribunal que en la presente causa se realizó Juicio oral y Público, el cual fue anulado por la Corte de Apelaciones del Estado Barinas, con motivo de una apelación interpuesta por el Ministerio Público, juicio en el cual cual él representante fiscal Abrahám Valbuena intervino, motivo por el cual pide al tribunal se oficie a la Fiscalía Superior del Estado Barinas a los fines de que se tramite la designación de un fiscal que se encargue de seguir conociendo de la presente causa. Acto seguido, el ciudadano Juez Unipersonal, le informa a las partes presentes que por considerar procedente el planteamiento expuesto por el Fiscal del Ministerio Público Se Acuerda FIJAR una nueva oportunidad para el día MIERCOLES 30 DE MARZO DE 2.005 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. En consecuencia quedan notificadas las partes presentes. Se ordena librar oficio a la Fiscalía Superior del Estado Barinas a los fines de la designación de un fiscal de proceso que se encargue del conocimiento de la presente causa, haciéndoles saber que deberá hacer comparecer a los testigos, funcioanrios y expertos promovidos por la Repreetnación Fiscal en la fecha indicada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, es todo concluye siendo las 11:55 de la mañana. Líbrese lo conducente.......
El Juez de Juicio N° 03
Dr. Perpetuo Reverol Briceño
EL IMPUTADO:
JOSE FELIPE SAEZ AZUAJE
Defensa Privada:
Abg. Luis Rodolfo Campos
La Secretaria de Sala:
Abg. Deicy Cáceres Navas
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