REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 11 de Febrero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2003-004694
ASUNTO : EP01-S-2003-004694

JUICIO ORAL Y PUBLICO
Nueva Oportunidad.-

JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
FISCAL: Abg. Iraida Guillén Cantafio
ACUSADOS: JOSE RAMON DAVILA VARELA Y JOSE ALBERTO VASQUEZ GOMEZ
DEFENSA: Abg. Rafael Mitilo y Abg. Omar Gatrif El Soughayer
DELITO: Extorsión y Agavillamiento
VICTIMA: Sergio Barlonte Barco
SECRETARIA: Abg. Varyná Mendoza

En el día de hoy Viernes 12 de Febrero de 2.005, siendo las 11:00 de la mañana oportunidad convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral y Público en el proceso penal seguido en contra del ciudadano JOSE RAMON DAVILA VARELA, venezolano, de 28 años de edad, portador de la cédula de identidad Nº 13.063.139, Mensajero, natural de Araure, Estado Portuguesa, nacido el día 27-02-76, quien es hijo de Ramón Dávila y Maria Francisca Valera , residenciado en El Barrio Negro Primero, Calle 8 Nueva Granada , Casa N° 3-48, y JOSE ALBERTO VASQUEZ GOMEZ, venezolano, de 30 años de edad, portador de la cédula de identidad Nº 11.801.45, mensajero, natural de Santa Rosalia, Estado Portuguesa, nacido el día 12-10-72, quien es hijo de José Eudon Vásquez y Marqueza Del Carmen Gómez, residenciado en la Av 23 de Enero al frente del Hotel Bristol Edificio La Mansión Barinas, por la comisión de los delitos de EXTORSIÓN Y AGAVILLAMIENTO previstos y sancionados en los artículos 461 y 287 con las agravantes del Art 2° y 6° todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Sergio Barlonte Barco. Se instaló el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 3, integrado por el Juez Presidente Abg. Perpetuo Reverol Briceño, la secretaria de sala Abg. Deicy Cáceres Nava y los alguaciles Luis Palencia y Enzo Mencías; Acto seguido el Juez solicitó a la secretaria de la Sala, verificar la presencia de las partes y personas necesarias para el desarrollo del debate oral y público; Comparece el acusado ciudadano José Ramón Dávila Varela; igualmente se hace presente el acusado José Alberto Vásquez Gómez; no comparece la defensa privada Abg. Rafael Mitilo; comparece la representación fiscal Abg. Iraida Guillén Cantafio, se hace presente la víctima ciudadano Sergio Barlonte Barco, asistido por los Abgs. Carol Moreno y Abg. Miguel Angel Lugo; En consecuencia, por cuanto se observa que no comapreció la defensa privada no es posible aperturar el acto tal y como se tenía previsto; En consecuencia Se Acuerda FIJAR nueva oportunidad para el día MIERCOLES 06 DE ABRIL DE 2.005 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Se acuerda oficiar a la Oficina de Participación Ciudadana a los fines de informarle sobre la nueva fecha acordada. Quedan notificadas las partes de lo acordado. Líbrense boletas de notificación, citación y oficios pertinentes a todas las personas que no comparecieron el día de hoy; Advertirles el carácter obligatorio de su comparecencia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:15 del mediodía...............................................................................................
El Juez de juicio N ° 03

Abg. Perpetuo Reverol Briceño
Miniterio Público:

Abg. Iraida Guillén Cantafio

ACUSADOS:

JOSE RAMÓN DAVILA
JOSE ALBERTO VASQUEZ GOMEZ

Víctima:

Sergio Barlonte Barco

Abgs. Asistentes de la Víctima: Abg. Miguel Lugo Abg. Carol Moreno

Testigo:

Pedro Noel Jerez


La Secretaria de Sala:

Abg. Deicy Cáceres Navas