Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 17 de Febrero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000354
ASUNTO : EP01-R-2004-000134



PONENTE: MARIA VIOLETA TORO


Visto el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogado María Carolina Merchán, Fiscal Auxiliar 10° del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 08.11.04 por el Tribunal 1° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado Jaime Wilson Suárez Galván. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre la Admisibilidad o no del recurso; observa:

Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto, por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Representación Fiscal. Segundo: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. Tercero: Que la decisión que se apela es recurrible según lo dispuesto en lo ordinal 4° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales, antes señalados, por mandato del artículo 450 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por la Abogado María Carolina Merchán, Fiscal Auxiliar 10° del Ministerio Público, debe ser declarado admisible. Y así se decide.


DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogado María Carolina Merchán, Fiscal Auxiliar 10° del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 08.11.04 por el Tribunal 1° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado Jaime Wilson Suárez Galván; y de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión. Notifíquese a las partes.


El Juez Presidente,


Dr. Trino R. Mendoza I.


El Juez de Apelaciones, La Juez Suplente Especial,


Alexis Parada Prieto María Violeta Toro
Ponente

La Secretaria,


Carolina Paredes V.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos. Conste.

La Sctria.
















TRMI/APP /MVT/CPV/jbr.-
Asunto: EP01-R-2004-000134