SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

La presente causa se inició en fecha 04 de Noviembre de 2004, al recibir este Tribunal, oficio N° 06F801169-04, suscrito por la Abg. CARMEN MARIA LEON DE RODRIGUEZ, Fiscal Octava del Ministerio Público del Estado Barinas, mediante el cual remitió anexas Actas Procesales relacionadas diligencias urgentes y necesarias practicadas por ante la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas Barinas, por la denuncia interpuesta por el ciudadano JESUS MANUEL TREJO CAMACHO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 11.708.271, residenciada en el Barrio Mi Jardín, Etapa 3, Calle principal, entre la hormiga, casa No. 128 de esta ciudad, ante el referido organismo y que cursa inserta al folio tres (03) y su vto, de la presente causa, y en la que destaca, entre otras cosas, lo siguiente:
“…Un adolescente de los que apodan los guabinos manejaba una bicicleta la cual es de su propiedad e igual se la habían hurtado el día de ayer en horas de la noche junto a otros objetos, cuando interceptó al adolescente para quitarle la bicicleta salieron los familiares del mismo y le lanzaron piedras…”

Una vez recibidas dichas actuaciones, este Tribunal procedió a darle entrada en lo libros correspondientes, asignarle la nomenclatura, quedando identificada como 2C-1025/2004,

Cursa a los folios DIECINUEVE (19) Y VEINTE (20), de la presente causa, Sobreseimiento Provisional de fecha 08 de Noviembre de 2004, solicitado por la Fiscal Octava del Ministerio Público del Estado Barinas, Abg. CARMEN AMRIA LEON DE RODRIGUEZ, no habiendo solicitado hasta la presente fecha la reapertura del procedimiento.