REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADOBARINAS
Barinas, 21 de Julio de 2005.
195º Y 146º
Exp. Nº 1.007-04.-
En el juicio de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentado por el Abogado en ejercicio ANDRES ALBARRAN RIVAS, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.542, en contra de la Ciudadana: KERMELY JOSEFINA HERNANDEZ GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.931.114, y de este domicilio.
En fecha 14 de Julio del presente año, mediante diligencia suscrita por la ciudadana KERMELY JOSEFINA HERNANDEZ GONZALEZ, ya identificada, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JUAN PEDRO MANRIQUE LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.249, de este domicilio, parte demandada en el presente juicio; presente igualmente el ciudadano ANDRES LEONARDO ALBARRAN RIVAS, antes identificado; parte demandante celebraron Transacción y solicitaron se HOMOLOGUE DICHA TRANSACCIÓN.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida la HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN, y de conformidad con lo previsto en el artículo 1.718 del Código Civil, y en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, que es del tenor siguiente:
“La partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la Transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podría procederse a su ejecución,”

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN formulada por las partes, en el presente juicio de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentado por el Abogado en ejercicio ANDRES ALBARRAN RIVAS, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.542, en contra de la Ciudadana: KERMELY JOSEFINA HERNANDEZ GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.931.114, y de este domicilio, igualmente identificados en autos.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los veintiuno días del mes de Julio de 2005. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
La Juez Temporal,

Abg. Yriana Díaz Peña.
La Secretaría,


Abg. Mercedes Santiago.
En la misma fecha siendo las 9:30 a.,m se publico y registro la anterior sentencia. Y se libró oficio suspendiendo medida. Conste.-

Scría