REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE


Barinas, 19 de julio del 2005
Años 195º y 146º

Nro. 08-07-05.

Vista la diligencia suscrita en fecha 14 de julio del año en curso, por el ciudadano Ramón Cipriano Alfono Piñango, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.739.666, asistido por el abogado en ejercicio Darío Durán Velasco, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.916, mediante la cual desiste de la solicitud de declaración de únicos y universales herederos, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento de la solicitud, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena la devolución sólo de los originales cursantes a los folios del 03 al 08 de la solicitud, previa su certificación en autos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de las respectivas copias se autoriza amplia y suficientemente al Alguacil de este Tribunal, ciudadano Juan Carlos Toledo Marquina, titular de la cédula de identidad Nº 13.947.103.
La Juez,

Abg. Reina Chejín Pujol
La Secretaria,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla


Sol. Nro. 04-1494
mf.
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”