REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01

Barinas, 13 de Julio de 2005
195º y 146º

Vista la Solicitud de Bienes Autorización, recibida en fecha 20-10-2003, presentada por la ciudadana María Noemí Cuevas Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.137.602, asistida por la abogado Kalidia Santander Defensora Pública del Estado Barinas en beneficio de los niños y/o adolescente Ruben Dario y Paola Carolina L´Isle Espinoza.

EL TRIBUNAL OBSERVA:

En fecha 28-10-2003, esta sala de Juicio admitió la solicitud y se ordeno a la curadora especial a comparecer a los fines de manifestar su aceptación o excusa y en el primero de los casos preste juramento de ley y a oír la opinión de los adolescentes de autos, así como la notificación del Fiscal del Ministerio Publico.

La boleta de notificación fue consignada en fecha 06-11-2003, debidamente firmada por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico.

Por cuanto se observa que desde el día 01-07-2004, hasta la presente fecha no ha habido actuación procesal por la parte actora, lo que evidencia que ha transcurrido un sin que haya habido impulso procesal por la parte actora, lo que refleja falta de interés, en el presente proceso de jurisdicción voluntaria. En consecuencia se ordena la extinción del proceso y el archivo del expediente.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 13 días del mes de Julio de Dos Mil Cinco. (L.S.) La Juez Unipersonal Nº 01(fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Abg. Sandra Martínez. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, lo certifico en Barinas, a los 13 días del mes Julio de Dos Mil Cinco.-
La Secretaria

Abg. Sandra Martínez


Exp. Nº S-4170-03
RDV/ninfa.-