TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Barinas, 20 de Julio de 2.005.
195 º y 146 º
Vistos los términos del Convenimiento de REGIMEN DE VISITAS suscrito por ante esta Sala de Juicio por los ciudadanos FREDDY DIONEL PEREZ GARCIA y MYLADIS ESTHER MANRIQUE, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.372.336 y V-16.513.350, padres del niño DIVIER OGANIS, de 03 años de edad, en el cual acuerdan: REGIMEN DE VISITAS, de su hijo el niño DIVIER OGANIS, de tres (03) años de edad, en los términos siguientes: El padre en las oportunidades que viaje a Barinas podrá compartir con su hijo fuera del domicilio de la madre y del niño, uno o varios días, y por cuanto la edad del niño es prematura, se iniciara un periodo de adaptación en el cual se ira progresando paulatinamente en cuanto a los días y noches de estancia del niño con el padre, a los fines que él mismo se adapte a estar más a solas con su padre. El Régimen de visitas se establece cada vez que el padre venga a la ciudad de Barinas, podrá llevar al niño donde su familia en la Población de Socopó Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas. En consecuencia esta sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior del niño DIVIER OGANIS. Expídanse las copias certificadas de Ley del presente convenimiento. Así mismo se ordena EL CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 02 Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria Abg. Abg. Rosana Freitez A. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Abg. Rosana Freitez A. Quien suscribe Abg. Rosana Freitez A, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente C-5552-05, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.
La Secretaria.
Abg. Abg. Rosana Freitez A
Exp. Nº C-5552-05
YFGG/jg.-
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