REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 21 de Julio de 2005

195° y 146°

Vista la anterior TRANSACCION celebrada en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE COMODATO entre la Abogada en ejercicio MERCEDES RIVAS RIVAS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 11.141, en su carácter de apoderada judicial de la parte atora, por una parte, y por la otra, la ciudadana MIREYA FREITES, parte demandada, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio FELIX GUTIERREZ MARCANO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 74.772, se acuerda conforme a lo solicitado; en consecuencia; el Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCION celebrada en los mismos términos propuestos por las partes, por cuanto esta actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, se procede como sentencia pasada en autoridad de la cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente. Cúmplase.

La Juez Temporal

Abg. ANA MONTILLA GONZALEZ


El Secretario

JOSE ROMAN





Exp. N° 1966
AMG/jr.