REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 25 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000826
ASUNTO : EP01-R-2005-000090
Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA, interpuesto por los Abgs. CARLOS ROMERO ALEMAN Y CARLOS DAVID CONTRERAS SÁNCHEZ, en el asunto N° EP01-P-2004-000826, en su condición de defensores privados del acusado PEDRO ALCIDES ROJAS MILENO, contra la sentencia dictada en Juicio Oral y Público de fecha 30-05-05, y publicada en esa misma fecha, por el Tribunal de Juicio Mixto N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la que CONDENO, al acusado supra señalado, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y CINCO (5) DÍAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 460 y 219 ambos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: DAMASO ENRIQUE VIEZ, EDGAR JOSE GRATEROL Y RAFAEL ANTONIO LANDAETA.
Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la defensa del acusado de autos. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que la decisión impugnada es recurrible, según lo establece el artículo 452 Ordinales 2° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEFINITIVA, interpuesto por los Abgs. CARLOS ROMERO ALEMAN Y CARLOS DAVID CONTRERAS SÁNCHEZ, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.
D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, interpuesto por los Abgs. CARLOS ROMERO ALEMAN Y CARLOS DAVID CONTRERAS SÁNCHEZ, en su condición de defensores privados del acusado PEDRO ALCIDES ROJAS MILENO, contra la sentencia dictada en Juicio Oral y Público de fecha 30-05-05, y publicada en esa misma fecha, por el Tribunal de Juicio Mixto N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas.
De conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija la DÉCIMA AUDIENCIA SIGUIENTE, a la fecha del presente AUTO DE ADMISIÓN a las 10:30 a.m., en la Sala N° 04, para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente.
Líbrense las correspondientes Boletas de Notificaciones.
La Juez Presidenta Ponente,
Dra. Maricelly Rojas Alvaray.
El Juez Suplente Especial, La Juez Suplente Especial,
Dr. Gabriel España Guillen. María Violeta Toro
La Secretaria,
Carolina Paredes.
Asunto N° EPO1-R-2005-000090.
MRA/GEG/MVT/CP/mm
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos.
Conste,
Dra. Carolina Paredes.