REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 20 de Julio de 2005
195º Y 146º
SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO
La presente causa se inició en fecha 16 de Junio de 2005, al recibir este Tribunal, oficio N° 06F80-0634/05, suscrito por la Abg. CARMEN MARÍA LEÓN DE RODRÍGUEZ, Fiscal Octava Especializada del Ministerio Público del Estado Barinas, mediante el cual remitió anexas, actas procesales relacionadas con los adolescentes identidad omitida conforme a la ley, por motivo de las diligencias urgentes y necesarias realizadas por la Unidad de Atención a la Víctima de la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Barinas, por denuncia interpuesta por la ciudadana LENNY YOLYT SANGUINO, en la que expone que los adolescentes identidad omitida y un primo de nombre identidad omitida, introdujeron a su hija en una casa y le dijeron que era el lugar exacto para recoger mangos y la tomaron a la fuerza y abusaron sexualmente de ella, por lo que solicita se abra una investigación y se ordene el reconocimiento médico de su hija.
Una vez recibidas dichas actuaciones, este Tribunal procedió a darle entrada y asignarle la nomenclatura correspondiente, siendo la misma 2C-1109/2005.
Cursa a los folios DIECINUEVE (19) Y VEINTE (20) de la presente causa, Sobreseimiento Provisional de fecha 21 de Junio de 2005, solicitado por la Fiscal Octava del Ministerio Público del Estado Barinas, Abg. CARMEN MARIA LEON DE RODRIGUEZ, sin que haya solicitado hasta la presente fecha la reapertura del procedimiento
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