REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS, 14 DE JUNIO DE 2005.-
195º y 146º
En escrito presentado en este Tribunal Superior, en fecha 02 de Julio de 2001, por el ciudadano FELIPE CARVALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.929.892, asistido por el Abogado WILMER JESUS VALDIVIEZO RODRIGUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo los Nos. 37.605, han interpuesto RECURSO DE NULIDAD, en contra del Acto Administrativo de efectos particulares emanado de la Contraloría General del Estado Barinas, mediante Oficio s/n., suscrito por la Directora de Administración y Recursos Humanos de la Contraloría General del Estado Barinas, Resolución N° DC 003/2001 de fecha 05/01/2001, mediante la cual le remueven del cargo de Fiscal de Hacienda..
En fecha (08) de Junio de Dos Mil Cinco (2005), el ciudadano FELIPE CARVALLO, asistido por el Abogado WILMER VALDIVIEZO, antes identificados con el carácter de parte querellante por una parte, y por la otra el Abogado RAUL LOPEZ GUEDEZ inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 9.840, en representación de la CONTRALORIA DEL ESTADO BARINAS, con el carácter de parte querellada, presentan ACTA DE TRANSACCION, y solicitan a este Tribunal Superior, la homologación de la Transacción celebrada entre ambas partes y el archivo del expediente.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida la Transacción, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCION, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil:
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la Transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION, en el juicio de RECURSO DE NULIDAD, interpuesto por el ciudadano FELIPE CARVALLO, antes identificado, en contra de la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO BARINAS . -
EL JUEZ PROVISORIO,
FREDDY DUQUE RAMÍREZ
LA SECRETARIA,
BEATRIZ TORRES MONTIEL.
EXP. Nº 3553-01
Ems.
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