REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 17 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000678
ASUNTO : EP01-R-2005-000072

Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA, interpuesto por el Abg. SAIZ RAFAEL MITILO VELIZ, en el asunto N° EP01-P-2003-678, en su condición de defensor privado del acusado JUVENAL SANCHEZ, contra la sentencia dictada en Juicio Oral y Público en fecha 22-04-05, por el Tribunal Mixto de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la que CONDENO, al acusado supra señalado, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.


Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la defensa del acusado de autos. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que la decisión impugnada es recurrible, según lo establece el artículo 452 Ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal.


En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEFINITIVA, interpuesto por el Abg. SAIZ RAFAEL MITILO VELIZ, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.


D I S P O S I T I V A

Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, interpuesto por el Abg. SAIZ RAFAEL MITILO VELIZ, en su condición de defensor privado del acusado JUVENAL SÁNCHEZ, contra la sentencia dictada en Juicio Oral y Público en fecha 22-04-05, por el Juzgado Mixto de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial Penal.


De conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija la DÉCIMA AUDIENCIA SIGUIENTE, a la fecha del presente AUTO DE ADMISIÓN a las 10:30 a.m., en la Sala N° 04, para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente.

Líbrense las correspondientes Boletas de Notificaciones.


La Juez Presidenta (e),


Dra. Maricelly Rojas Alvaray.


El Juez de Apelación, La Jueza Suplente Especial,

Alexis Parada Prieto. María Violeta Toro
Ponente.
La Secretaria,


Carolina Paredes.



Asunto N° EPO1-R-2005-000072.
MRA/APP/MVT/CP/mm



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos.


Conste,

Dra. Carolina Paredes.