Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 3 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000617
ASUNTO : EP01-R-2005-000030
PONENCIA DE LA DRA. MARICELLY ROJAS ALVARAY.
Penado: Miguel Antonio Izarra y Jill Alfredo Castillo Mertinez.
Victima: Javier Orlando Cardoza Puerta.
Delito:
Robo Agravado.
Defensa Pública: Abg. Horacio Araque
Representación Fiscal: Abg. Julene Godoy. Fiscal 12° del Ministerio Público.
Motivo de Conocimiento: Apelación de Auto
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogada Julene Godoy, en su carácter de Fiscal Duodécima del Ministerio Público de este Estado, contra el auto dictado en fecha 04 de Marzo de 2005, por el Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a cargo del Dr. Aldo Ramon González Arias, mediante la cual le otorgó el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a los penados Miguel Antonio Izarra y Jill Alfredo castillo Martínez. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su Admisibilidad o no del recurso; observa:
PRIMERO: El recurso de apelación fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Representación Fiscal. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia de la certificación de días de audiencias inserta al folio 21 del presente recurso de apelación. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según ordinal 6° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 450 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Julene Godoy, en su condición de Fiscal Duodécima del Ministerio Público de este Estado, debe ser declarado ADMISIBLE. Y así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la abogada: Julene Godoy, en su carácter de Fiscal Duodécima del Ministerio de este Estado, en contra del auto dictado en fecha 04 de Marzo de 2005, por el Juzgado Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le otorgo el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a los penados: Miguel Antonio Izarra y Jill Alfredo castillo Martínez; y se acordó fijar la DECIMA (10) AUDIENCIA SIGUIENTE a la fecha del presente auto de admisión, a los fines de dictar la decisión correspondiente. Notifíquese a las partes.
La Juez de Apelación Presidenta (E). Ponente
Maricelly Rojas Alvaray.
El Juez de Apelaciones, La Juez Suplente Especial,
Alexis Parada Prieto María Violeta Toro
La Secretaria,
Carolina Paredes
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.
La Sctria.,
Paredes
Asunto: EP01-R-2005-000030
TRMI/APP/MVT/CP/ydcg..-
|