REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 3 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-003125
ASUNTO : EP01-R-2005-000065
Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por el Abogado NICOLA IAMARTINO, en su condición de Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público, en el asunto N° EP01-P-2005-3125, en contra del auto dictado en fecha 27-04-05, por el Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, en la que NEGO LA ORDEN DE APREHENSIÓN JUDICIAL solicitada por la Fiscalía supra señalada en contra del ciudadano CORNELIO PADILLA BASTOS.
Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la Fiscalía del Ministerio Público. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que el recurrente no fundamentó su Recurso de Apelación en ninguno de los numerales del artículo 447.
En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado NICOLA IAMARTINO, en su condición de Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.
D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE AUTO, interpuesto por el Abogado NICOLA IAMARTINO, en su condición de Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público, en contra del auto dictado en fecha 27-04-05, por el Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas.
De conformidad con el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó dictar la correspondiente decisión dentro de los DIEZ (10) SIGUIENTES.
Líbrense las correspondientes Boletas de Notificaciones.
DRA. MARICELLY ROJAS ALVARAY.
PRESIDENTA (E) DE LA CORTE DE APELACIONES
ALEXIS PARADA PRIETO. MARIA VIOLETA TORO.
JUEZ DE APELACIONES. JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
PONENTE.
CAROLINA PAREDES.
SECRETARIA
MRA/APP/MVT/CP/mm.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos.
Conste,
Dra. Carolina Paredes. Scria.