REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROJAS Y SOSA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROJAS Y SOSA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAIL DEL ESTADO BARINAS.




En fecha 19 de Mayo de 2005, se recibió en este Tribunal Comisión emanada del Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, mediante la cual se ordena la entrega material de un lote de terreno constante de 150 hectáreas aproximadamente, ubicado en el “Asentamiento Campesino El Toro”, jurisdicción de la parroquia Ciudad de Nutrias, municipio Sosa del Estado Barinas, alinderado de la siguiente forma: Norte: Finca Cabudare; Sur: Finca La Carolina; Este: Finca Los Santos y Oeste: Finca El Porvenir.
En fecha 23-05-05, la parte actora solicita oportunidad para la practica de la medida ejecutiva en referencia, siendo fijada para el día 06-06-05, librándose los oficios pertinentes.
En fecha 01-06-05, la representación judicial de la parte demandada, consigna copias certificadas del Informe de ubicación elaborado por el Ing. MICHEL JEAN BOURRILLON T., experto designado por el Tribunal de la causa a los fines de determinar la ubicación del los Asentamientos Campesinos “El Toro” y “Los Novillos”. Concluyendo dicho informe que el Asentamiento El Toro se ubica muy distante del Asentamiento Los Novillos y por ende del fundo Los Novillos, siendo dos localidades distintas.
Ahora bien, por cuanto el lote de terreno objeto de la entrega material ordenada, se encuentra ubicado en el Asentamiento Campesino El Toro, según la comisión in comento, surgió para este Juzgado Ejecutor de Medidas, la necesidad de determinar, mediante experticia topográfica, la ubicación específica de las 150 has. ,que conforman el lote de terreno a entregar, por lo cual en fecha 02-06-05, mediante auto que obra a los folios 23 y 24 del presente expediente, se designa al topógrafo HENRY GALLARDO, para que acometa la diligencia precedentemente referida, la cual fue realizada en fecha 10-06-05 y consignada en fecha 13-06-05. En el Informe respectivo, el experto designado, concluye que el “Asentamiento Campesino El Toro”, no existe, ni tampoco ninguno de los predios, señalados en la comisión como linderos del lote de terreno objeto de la entrega material y que en su lugar solo se encuentra un predio denominado Agropecuaria Los Novillos, ubicado en el sector conocido como Chorroco-San Rafael, parroquia Ciudad de Nutrias del Municipio Sosa del Estado Barinas.

De los hechos y circunstancias precedentemente señalados, resulta notorio para este Juzgado, las inconsistencias existentes, entre los linderos señalados en el despacho contentivo de la comisión conferida a este Juzgado y los que efectivamente son señalados por los expertos, como existentes en la realidad, lo que determina la imposibilidad para esta instancia, de dar cumplimiento a la aludida comisión, en virtud, como ya quedó expuesto, de la indeterminación del objeto sobre el cual debe recaer la medida, por lo que consecuencialmente resulta forzoso para este Juzgado, diferir la práctica de la entrega material en cuestión, hasta tanto el Tribunal de la causa, resuelva lo concerniente a la indeterminación antes referida, para lo cual se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal comitente. Así se decide.

Fdo: LA JUEZ Y EL SECRETARIO