Vistas las anteriores actuaciones que conforman la presente Causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, que en fecha 02-12-2004 este Tribunal ACORDO sustituir La MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD POR LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 620 literales “d” y “b” en relación con los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, contemplado en el artículo 05 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1° , 2° y 3° de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos en relación con el artículo 83 del Código Penal Venezolano vigente. Se constata que la medida impuesta se cumplió en fecha 20 DE MARZO DE 2005; en consecuencia, se ejecuta el fallo y se